Hola Julio, no he tenido muchos temas como el que planteas pero puedes consultar la nueva ley 49/2003 sobre arrendamientos rusticos a ver que si te aclara algo, de todas formas no sé si te referiras a un simple contrato de usufructo aunque eso de "precario" no lo acabo de entender.
Suerte y un saludo
Hola Eugem, entiendo salvo otra opinión que el primer fundamento sería el del 1124, pero observa que se trata de dos articulos distintos, uno para resolver el compromiso contractual y otro, el 1101, a la petición simple de daños y perjuicios, cosa distinta pero que deviene del primero.
Si te refieres a daños y perjuicios causados como consecuencia del incumplimiento, remiteles un burofax o similar a fin de que cumplan con lo estipulado en el contrato, de otra manera te veras obligado a hacerlo a tu costa y repercutir ese gasto a la promotora. Este daño es evaluable y cierto por lo que nada de daños morales, no obstante reclamalo por el perjuicio que supone a tus clientes el no tener un piso en condiciones y el "meterse de obreros" a estas alturas (por ejemplo 3.000 Euros), pero recuerda que dicha cuantía queda a entero juicio del juzgador, esto es, él apreciará la cantidad que se supone justa por daño moral.
Respecto de la cuantía mirate el Art. 253 de la LEC.
UN saludo
Lo primero que te digo es que no escatimes esfuerzos económicos (si puedes claro) en recuperara en lo posible tu muñeca, tranquilo, lo pagaran ellos. Cuando tengas un parte de alta y un estudio hecho por especialista en daño corporal (secuelas, etc), acude si no las hecho ya a un abogado (se frotara las manos ya veras, y no por el dinero sino porque es un caso claro), y de ahí a sumar cantidades hasta que se considere se te resarce del daño producido, no te pregunto si la mano lesionada era la que usabas como "maestra" a la hora de cortar el pelo, si es así que se preparen, no obstante no creo que acudan al juzgado y si exista un acuerdo.
Suerte
Por lo que cuentas habeis cumplido con vuestra parte del contrato, por lo que podríais reclamar ese gasto (maquinaria) ya que quedaba supeditado al cumplimiento por la otra parte de daros trabajo, no os lo da? exigidlo por escrito ya que AUN HAY CONTRATO VIGENTE, y si persisten lo resolveis por incumplimiento de la otra parte exigiendo daños y perjuicios.
Un saludo
Hola, logicamente cuando compras una vivienda lo haces a un determinado precio y por una cosa CIERTA Y DETERMINADA, el notario debe de significar pr tanto la cantidad y determinar con toda exactitud las caracteristicas en este caso de la vivienda, no te preocupes en ese sentido. Un consejo, acude a tu gerencia de urbanismo y solicita la documentación del proyecto, ahi tendras todos los metros y demas papeles que te seran de ayuda para que estes seguro de lo que compras.
Un saludo
Hola, para empezar contacta con un abogado a fin de que te nieges al pago por los motivos que en el momento procesal oportuno diras.Ya veras la cara que te pone el compañero cuando le digas que te han falsificado la firma, lo que hará dentro del procedimento es solicitar dictamen de perito caligrafo a fin de ver si ésta es tu firma (con toda probabilidad, espero, se dirá que esa no es tu firma por lo que asunto solucionado), si es así se les va a caer el pelo por falseamiento de documento e incluso yo denunciaría la situacion posteriormente al colegio de abogados correspondiente para que le dieran un toque al compañero ese que va de listo.
No te preocupes demasiado el tema no es tan grave y ponte en manos de un abogado,
Un saludo