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Presentación
Realizamos informes sociales, periciales.
Como dice la Ley de Enjuiciamiento Civil Cuando sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en esta ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal, lo que se traduce en temas tales como:
- Guardia y custodia de menores en procesos de familias y parejas de hecho.
- Regulación del régimen de visitas.
- Causas de derecho civil como incapacidades, cambios de sexo, abortos, esterilización, etc.
- Víctimas y/o lesionados por agresión sexual, abuso sexual, malos tratos, accidentes de circulación, etc.
- Otras cuestiones relacionadas con delitos y/o faltas cometidas por menores, discapacitados, excluidos sociales, etc.
- Otros que debido a diversas cuestiones sociales así lo requieran.