Si, la legislación es una auténtica locura y una chapuza de proporciones faraonico-galacticas, pero es lógico que así sea teniendo en cuenta el rebaño de burros que nos gobierna.
Es demagógico y contraproducente pero sobre todo es que está mal pensado.
Yo estoy seguro de que este punto de los grandes tenedores va a dar lugar a un montón de fraudes de ley, como por ejemplo que alguien que tenga 27 viviendas constituya 3 sociedades de 9 viviendas cada una y así evitar la calificación de gran tenedor.
A eso súmele que unas audiencias dirán una cosa, otras dirán otra y así hasta el infinito.
Hasta que no cambie el gobierno no hay nada que hacer salvo esperar y ver.
Pero a mí, en principio, me parece razonable que baste con tener un porcentaje de la propiedad, porque la idea de la Ley es que quien tenga muchos "contratos" de arrendamiento es gran tenedor. No creo que sea tanto una cuestión de metros cuadrados cuanto jurídica porque lo que se intenta determinar es el carácter profesional o no del casero, y en ese sentido quien tenga muchos "contratos" será más profesional que quien tenga menos.
Ya le hemos dicho lo que tiene que hacer. No por repetir la pregunta vamos a darle otra opinión.
Yo creo recordar que le dije que no hiciera nada porque si pagan aunque algo atrasados terminan pagando lo cual hoy en dia ya es mucho.
Por 5 dias de retraso no vamos a descartar a un cliente solvente.
Muchísimas personas firmarían eso sin dudarlo.
Por favor, no repita mas.
Se lo pueden pagar siempre que sea la primera demanda. Da igual sin son 2 meses o 22. Si es cierto que cuanto mas tiempo pase mas dificil sera el pago "espontaneo", pero tambien es verdad que mas dinero se arriesgara a dejar de cobrar.
Por mi experiencia le indico que lo menos malo es demandar cuanto antes.
Esta cuestión queda regulada en el art. 20.1 LAU94, a cuyo tenor:
"Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador."
A mí me parece de una claridad diáfana. En su caso yo diría que se está incurriendo en un gasto´de "gestión inmobiliaria" y por tanto que corresponde al casero.
Mi consejo es que no pague nada, y si acaso, que la inmobialiaria le demande. No creo que lo haga, pero si lo hace puede defenderse usted sola sin abogado ni procurador porque sería un pleito de menos de 2000 euros y por tanto puede representarse usted a usted misma. No hace falta abogado.
De todas formas a ver si se pasa por aquí Hoplon y nos da su opinión.