Aún no está hecho el contrato. Es por eso que quiero cerrarlo bien. Yo les dije que quiero recibir 300 euros.
ellos me ingresaron 600 euros correspondientes a dos meses de fianza para asegurar el local. Los impuestos no entran en la fianza. Con lo cual en el contrato que lo firmaremos el lunes pongo alquiler por 348,48 euros. El arrendatario deberá abonar asimismo a la Agencia Tributaria (u organismo que la sustituya) el porcentaje de retención correspondiente al Impuesto Directo que grave la renta obtenida por el arrendador (de las Personas Físicas), porcentaje que se descontará en los recibos mensuales, debiendo presentar aa arrendador al final de año, certificado acreditativo de las retenciones efectuadas.
¿Así estaría bien especificado en el contrato?.
Muchas gracias por su ayuda.
perdón, el cálculo sería 348,73 X 7% IGIC -21%=300.- Euros.
Tendría que poner en el contrato que el inquilino pagaría 348,73.- euros de los cuáles "La renta es de (348,83.- €). El arrendatario deberá abonar asimismo a la Agencia Tributaria (u organismo que la sustituya) el porcentaje de retención correspondiente al Impuesto Directo que grave la renta obtenida por el arrendador (de las Personas Físicas), porcentaje que se descontará en los recibos mensuales, debiendo presentar a los arrendadores al final de año, certificado acreditativo de las retenciones efectuadas.
Puedes solicitar pasar el EVi por medio del médico de cabecera, es el equipo de valoración de incapacidades que valorará tu situación. Declarandote incapacitada parcial, total, absoluta o gran invalidez. Respecto a esta valoracición si no estas de acuerdo tienes un plazo para presentar reclamación previa, y posteriormente demanda ante la vía de lo Social, para lo cual debes llevar un perito médico. Pero en principio te aconsejo que vayas a un Sindicato o a un abogado laboralista que te explicará mejor , ya que es un camino un poco complicado para explicartelo aquí. Espero que te sea de ayuda, Saludos.
Se puede registrar en el finiquito los 15 días de penalización de salario, con lo cual y siendo negativo el finiquito, el monto total a pagar al trabajador sería el resto total. Un saludo.
En principio tu esposo ha debido hablar con la empresa para expresarle su inquietud en cuanto al comportamiento de esa compañera. Debe probar que la causa que originó el conflicto se debe al acoso sufrido por ella. Si existen testigos en la empresa que sepan la situación puede ser una baza importante para que la empresa se posicione y se responsabilice de solventar esa situación.
Para calcular el salario mensual, un dato importante es conseguir el convenio colectivo del sector de la construcción en la Provincia en la que se encuentre el centro de trabajo. Las remuneraciones deben establecerse en él. Espero que te haya sido util la información. Saludos