Llevo a una compañia de seguros que quiere personarse en un procedimiento abreviado como perjudicada pues hizo una indemnizacion que de confirmarse el delito deberian restituirle, el caso es que al personarnos ya ha pasado al juzgado de lo penal y se ha señalado juicio.
Ya no puedo pedir que se me de traslado para escrito de acusacion verdad?
Que efectos implica eso? Puedo acudir al juicio igualmente no?
Deberia aportar documentos acreditativos de esa indemnizacion realizada verdad? en que momento?