por eso decia "sin hijos no hay paraiso"
18 años pareja de hecho,todo tambien bien hecho que la unica beneficiaria fue mi ex-suegra,con la cual no tenia una buena buena relaccion,hoy tengo un marido genial,4 hijos (con los pros y los contras) y a final de mes sere abuela alos 44 años.
A si que no me quejo,solo me habria gustado una ley justa en su momento
Disculpa... no he pensado que tu fueras o no fueras infertir, solo era una crítica a esta Ley, que a pesar de ser un gran paso hacia adelante, exige el tener hijos para optar a la pensión. Solo eso. Los motivos por los que no se tengan hijos a nadie debe importar.
Andrea,no tener hijos no quiere decir no se fertil,a lo mejor quiere decir responsable en parejas o matrimonios que por trabajo o por otras circunstancias no eran aconsejablesm,no se que quieres decir con eso de la iguadad,yo solo queria darte las gracias por la informacion.Y no no soy viuda por no ser fertil,soy viuda porque se mato en un accidente.
Y no te has planteado que se supone que todos los españoles son iguales ante la Ley. Si te hubieras quedado viuda ayer (después de la Ley) tendrías derecho a pensión. No es demasiado justo. Y además... qué pasa si no eres fertil? no eres viuda por eso?
Mediante una disposición adicional (3ª) de la Ley se contempla el dar pensión (especial) a los viud@s de hecho que lo eran antes de Diciembre 07, siempre y cuando cumplan determinados requisitos: tener hijos, seis años de convivencia, no cobrar pensión contributiva y haber cotizado a la Seguridad Social.
Ya decía que no era una pregunta... solo me ha parecido un medio para hacer saber cómo está resultando el cumplimiento de esta nueva Ley, que hasta ahora ha concedido poquísimas pensiones, por un motivo u otro, y a veces en casos realmente injustos. Y sobre todo porque, como decía, tiene caducidad.
El nombre de este tema lo he puesto con interrogación... aunque no es pregunta. SI YA HAY LEY (40/2007) que concede pensión a los viud@s de hecho. Pero han sido mínimas las que han concedido. La seguridad social se atiene a unas pruebas MINIMAS para poder acreditar la convivencia y por supuesto, ante cualquier fallo, las deniega.
Es importante que se sepa que SOLO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2008 se podrá reclamar la pensión para aquellos que ya eramos viudos en Diciembre del 2007. Luego no se podrá reclamar.
Aún no sabemos como van a actuar los Tribunales, pero al menos allí podremos valernos de todos los medios de prueba que ahora la Seguridad Social ignora.