Hombre, es cieerto que los a/a en las fachadas no queda muy armonico, sin embargo, pienso que si a tros les han dejado, no hacerlo contigo, creo que es un acto descriminatorio.
Sin embargo si pueden ponerse en la fachada sin permiso de la comunidad, cuando lo hagan en la parte interior del vuelo, es decir que no sobresalgan de la linea de la fachada, es decir esten dentro del balcón, aunque se vean desde la calle.
En mi comunidad acaban de prohibir la instalación elevada de la maquinaria exterior del aire acondicionado. El caso es que lo prohiben cuando mas de la mitad ya lo tienen instalado en la parte alta de la pared de las terrazas (no sobresalen a la calle pero al ir a mayor altura que la barandilla de las terrazas, se ven desde la calle). Dicen que a partir de ahora solo se podran poner aparatos exteriores de a/a fuera en la terraza si van apoyados en el suelo para que no sobrepasen en altura las barandillas. Dicen también que los que ya estan puestos pueden quedarse, pero no podrá instalarse ninguno más. Dicen algo así como que al llevar un tiempo han adquirido derechos.
1. ¿Es cierto que ellos pueden dejarlos y yo no podré instalar el mio en alto?.
2. Si instalo a pesar de todo mi a/a en alto y ellos me obligan a quitarlo via judicial, ¿también obligara el juez a quitar los antiguos?.