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y las cuentas donde estan?

8 Comentarios
 
15/04/2005 10:09
Cuando dice la anualidad vencida, se interpreta por años de fecha a fecha y cierre de cuentas. Si se fija no hay casos en la jurisprudencia sobre esto.
Y se certifica por fechas, pero todo tiene su porque pues se puede dar la vuelta a los saldos de la anualidad vencida.
Imaginese que la comunidad aprueba que los saldos negativos de los vecinos pasen a ser un recibo extra del ejercicio siguiente y asi sucesivamente? ¿Pregunta siempre pertenecería a la deuda al actual ejercicio o al presente? Bueno ya lo explicaré porque si se cierran los ejercicios año a año, ya sean naturales o de fecha a fecha y se liquidan las cuotas no se arrastrarian saldos de ejercicios anteriores.
Se puede pactar con los ascensores, pero no con las electricas, ni con las empresas de suministro de agua, gas, etc.
Ni con las empresas de telefonia. etc.

Los administradores administramos no hacemos de prestamistas. Aunque a veces dejemos de cobrar nuestros honorarios, por unos meses pues algún propietario no cumple con sus obligaciones, y la mayoría de las veces pagamos las cuentas de suministros o reparaciones y nos quedamos sin cobrar nuestros honorarios, hasta que se regulariza la situación.
15/04/2005 02:02
Para terminar.
Dice que no aceptarían pagar de una tacada.
Me vuelvo a afirmar que Ud no hace de Prestamista, ¿o si?.
Yo creo que no, y los que tendrían que cobrar, es negociar los plazos de pagos. Otra cosa es que resulte díficil que esos negocien (eléctricas, gas, gasoleo, ayuntamientos, ...)
Porque otra solución es que vayan espaciando en el tiempo el darse de alta en los servicios, pero estar tres mese sin luz, dos sin agua. cinco sin gas, ...
Yo no.
Y si Ud. conoce otros gastos iniciales a los que una comunidad pueda dilatar el pago, pues somos todos oídos.
15/04/2005 01:57
Justa, prosigo en otra intervención para separar mejor.

Cuando se constituye la Comunidad (que raro me suena eso, porque los promotores ya suelen tener hecha la chapuza), hay que efectuar una serie de desembolsos. ¿Los adelanta Ud a los copropietarios?.
Me imagino que no.
Dar de alta la finca en la luz, el gas o comprarel gasoleo, si tiene servicio centralizado de agua caliente, ...
Eso lo pagan directamente los propietarios, ya sea Enero, Noviembre o Diciembre. Y si es Noviembre o Diciembre seguro que hay menos problemas, pues llega la Extra. Y los gastos normales, pues al principio habrá quepone ralgo más, pero al final, ya se sabe, de año en año, que no hace daño.
15/04/2005 01:49
Justa, en primer lugar, la felicito por su web.
No conozco a sus clientes, pero tengo la impresión que no deben estar descontentos. Y por eso entiendo no que no digan nada en la junta, sino que no lo digan en el ascensor.
Pero disiento.
Efectivamente, la LPH no dice expresamente lo de año natural.
Pero, ¿como interpreta lo de la "parte vencida de la última anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterio" del Artículo 9.1e de la LPH? .

El no cumplir con lo del año natural puede dar lugar a FALSEDAD en la certificación de deudas al Notario. Y que conste que me agradaría ver entre rejas a algunos Administradores.
14/04/2005 19:30
La ley no dice si es de año natural o de fecha a fecha, y lo logico es que se haga de fecha a fecha. Razones 1º si tienes que pagar la poliza de seguro es mas facil dividir el gasto entre 12 meses que entre 3, los contratos de luz, agua etc lo mismo, sobre todo cuando se pone en marcha la comunidad, imaginese que le entregan la vivienda y ustedes como 1º medida, tienen que aportar a parte de todos los gastos que ya ha pagado en la compra, las cuotas de la comunidad que les corresponderían repartir en un periodo de doce meses.
¿Aceptaría usted que fuese por años naturales? Entrega del edificio el mes de noviembre, pague todos los contratos de una atacada, mas los gastos mensuales que le corresponden hasta el 31 de diciembre.
La práctica me dice que no lo aceptarian.
Creo que a los administradores nos da igual que sea de fecha a fecha que por años naturales.
14/04/2005 19:11
Me ha venido a la memoria algo que le pasó a un compañero de la empresa. Me dejó el rollo y me quedé no asombrado, porque ya soy muy mayor para eso, aunque fue hace unos doce años, pero me apunté otro a la cuenta de como funcionan las cosas.
Uno de los puntos era precisamente lo del periodo de cuentas, si año natural o de fecha a fecha, y un perito llamado a Juicio (Administrador) dijo que era normal, y SS pues ya se sabe.
Otro cosa interesante es que mi amigo aportó la documentación que el administrador había entregado al Ayuntamiento para una licencia de obras, que era como la cuarta parte de lo que aparecía en las cuentas. El Perito Administrador de Fincas Colegiado, ni se debió de inmutar cuando dijo al Juez que eso era una práctica normal y corriente, y SS no se inmutó.

Primero. ¿Es normal que el representante de una profesión que ha conseguido tener FE PUBLICA y que aspiran a sustituir a los Abogados en los pleítos relacionados con la LPH, pueda decir que es normal que esos profesionales MIENTAN y no pase nada?.

Segundo. SS ha sido testigo de un posible delito de falsedad a la Administración. Y no ha hecho nada.

No me quedé con copia de la documentación, pues si lo hiciese con toda la que los amigos y compañeros me han pasado tendría la Nacional, pero me suena que el Juez podría ser el mismo que el que ha intervenido en esa sentencoia de los Billones del Banco de Valladolid.
13/04/2005 16:08
Lexis, comprendo tu opinión, que la considero, además de logica, acertada, pero la práctica es lo que quieran los administradores y, en consecuencia, lo que SS va a aceptar en el caso de que alguien le incordie.
11/04/2005 09:53
Las cuentas deberian referirse a años naturales y no de Julio a Julio. Lo normal es celebrar la Junta General en el primer trimestre del año y ahi se llevan a aprobacion las cuentas del años anterior (1 de Enero a 31 de Diciembre) y el presupuesto del año en curso. Como la LPH establece como obligacion la celebracion de una Junta General cada año, con este sistema no tendria que haber retraso en la aprobacion de las cuentas.
Y las cuentas donde estan?
10/04/2005 21:08
Tenemos los ejercicios anuales de la comunidad de julio a julio. En la ultima reunion (febrero 2005)aprobamos a regañadientes las cuentas del ejercicio 2003-04 e increpo a la administradora por la tardanza a la hora de presentarlas (ni caso) entre discusiones finaliza la reunion por falta de tiempo segun ella y sin aprobar nada para el ejercicio 2004-05. Los presupuestos que nos remitió son exagerados y llevamos 9 meses sin aprobarlos. ¿A que nos exponemos la comunidad?
¿Pueden los prestadores de los distintos servicios cobrar a fin de ejercicio la diferencia? y por ultimo¿Se le puede reclamar a la administradora?