Yo antes tenía un gimnasio y también tenía que pagar por poner la radio..... me parece una abuso. porque también pongo cds de música que ya he pagado sobradamente. Aqui todo es pagar por pagar.
Mas preguntas, no es ilegal porque son dos conceptos difernetes. Las emisoras de radio lo que pagan es por la reproducción de las obras, y el dueño de un bar pagaría por la comunicación pública de la obra radiodifundida. Quedaría excluido de pago el "ambito extrictamente doméstico" que no lo es "escuchar música mientras se preparan los cafés en el bar",
Supongo que las diferentes emisoras que transmiten musica todo el dia pagan su canon correspondiente,a la SGAE de turno, para poder radiar esas obras musicales.
Si yo dueño, dueño de un bar, se me ocurre poner la radio para poder escuchar musica mientras preparo los cafés, y viene la Sgae y me obliga a pagar un canon por escuchar la radio.
No se esta tributando dos veces por el mismo concepto o el mismo material?.
Un vez a la emisión y la otra por tener la radio encendida
No es ilegal esa doble tributación ya que cobra dos veces por el mismo servicio?.
Sí. La obra radiofónica es objeto de propiedad intelectual al igual que las obras musicales, y por tanto objeto de liquidación de cantidades por su comunicación pública en su bar.