si una sentencia de divorcio obliga a que un régimen de visitas se verifique en una determinada ciudad , hasta el punto que prohíbe cualquier desplazamiento fuera de esa ciudad, salvo si el fin de semana cae en puente...¿no está vulnerando el derecho del padre a la libre circulación?
La distancia a mi domicilio es de 600 Km, pero la prohibición no se restringe a esa distancia. Si el padre quiere pasar el fin de semana con sus hijos en Madrid, que está a 100 Km, tampoco puede. La madre puede irse con sus hijos a 500 Km, donde viven los abuelos maternos, sin problemas.
Imagino que si lo "peleas" conseguirás cambiarlo, eso no tiene sentido. Cada quince días cien km no es perjudicial para nadie, y con distancias bastante superiores se han permitido los desplazamientos quincenales.
pero ¿la prohibicion de desplazarse la ha establecido el juez, o es que la madre no quiere?
Porque si la ha establecido el juez, digo yo que habra expuesto los motivos (sean logicos o no, eso ya no lo se)
Pues justamente, no lo razona en la sentencia. Unicamente pone una excepción: los puentes festivos , periodos vacacionales o previo acuerdo de la madre.
Yo esto lo vivo como discriminación y limitación de libertad de movimientos por razones de sexo, desde el punto constitucional.
Si me parece discriminatorio, pero no exactamente por razones de sexo, tal vez por razones de guarda y custodia. Y ojo, no digo con ello que este bien la discriminacion.
Chico, no se, tal vez podrias acudir al defensor del pueblo. Por lo que he ido leyendo en tu caso en este foro, poco mas te queda ya por hacer
Yo lo interpreto también como discriminación pura y dura, con fuertes tintes de prevaricación, pero.. ¡Con la iglesia hemos topado!
Mire, Anguelin, yo tengo un caso de prevaricación clara. Se me impidió ejercer con total claridad, sin medias tintas, mis derechos constitucionales, en contra de sentencias mucho más claras del propio TC. Yo iba de cabeza a denunciar, ¿sabe lo que pasó? me quedé más sólo que la una, huían los abogados de mi como alma que lleva el diablo. Llegué a exigirle a mi abogada de oficio que actuara, se negó en redondo, ¡me arruinas la vida!
Puedes tener toda la razón del mundo, estar la propia legislación y la jurisprudencia mayor a tu favor y verte que no puedes hacer nada. Esto es lluvia que va calando en uno, hasta el punto de ser plenamente consciente de la basura de país en el que le nacieron. No lo llamo ya ni mío, no puedo, por dignidad.
Llegar al TC supone seguir un largo, larguísimo, camino y no al alcance de cualquier bolsillo. Menos en los tiempos inmediatos que van a venir, con las nuevas tasas judiciales, la morosidad se va a disparar pues va a salir más caro reclamar que cobrar lo adeudado. Aparte veo muy difícil llegar al TC en temas de familia. Te quedas siempre en que un funcionario actúa como si fuera Dios, es su palabra y punto, sin derecho a reclamación alguna.
Podría tirar por el camino de sustentar prevaricación o discriminación, pero ya ve como está el patio, Anguelin. Dudo que consiga algo. Al final, lluvia que va calando. Estamos remando en la misma galera compañero.
Denuncia al amparo del 511 o 512 CP en el caso de discriminación. En este sentido hay dos términos clave en estos artículos, SEXO y SITUACIÓN FAMILIAR.
En el caso de prevaricación, denuncia al amparo de los artículos 446 a 449 CP.
Pienso que si no prospera el 511, no prosperará la prevaricación, ya que según que TSJ, exigen dolo objetivo y subjetivo ( intencionalidad jodiendo y sacar un beneficio jodiendote, vamos).
Sí que me serviría,quizás, para presentar modificación de medidas, y recusar al Juez.
Pues creo que sería otra opción a tener en cuenta, la recusación, porque el problema en esto de familia es que el juez que te toca, te tocó, y pillas con uno de estos y date por jodido a lo mejor un par de décadas. Cualquier tema va a pasar por sus manos y en la misma línea actuará.
Sí, pero para recusarlo tiene que tener interés directo en la causa, haberse acostado o acostarse con alguna de las partes o con alguien con interés directo en la causa, o estar denunciado penalmente por alguna de las partes.