Supongamos que alguien te debe dinero. Tus abogados intentan localizarlo sin éxito. Tú conoces sus apellidos y que tiene una hermana. ¿Crees que es ilegal ponerte en contacto con ella?
En el caso de tu deuda, ¿prefieres que te busquen a través de la Policía nacional?
Si quieres iniciar un proceso penal estás en tu derecho, pero en primer lugar debes tener claro qué denuncias, las "amenazas" a tu hermana (debería personarse ella, no tú), o la supuesta vulneración de tu derecho a manener en secreto una deuda (no se me ocurre otro derecho).
Los abogados no actuaron correctamente, pero eso no quiere decir que haya algún delito o falta. La vía penal debe ser la última opción, y en este caso, además, no estarías reclamando frente a la compañía, entiendo yo, sino frente al despacho (no podrás probar que desde la empresa se dio orden de intimidar a los clientes).
Sólo vas a perder tiempo y dinero. Yo en tu lugar no me complicaría la vida, pero eres libre de denunciar lo que quieras.
Por favor, entienda que el concepto de "intimidación" en sentido jurídico-penal tiene una definición y alcance muy concretos y de interpretación restrictiva....lo mismo respecto de las "amenazas" (qui suo iure utitur, neminem laedet)....ignoro la razón por la que ud. se siente intimidado o amenazado, pero sin perjuicio del error sufrido, lo mejor es que haga caso a Rus y acuda a consumo para solventar la deuda inexistente, o caso de fracasar la solución arbitral ya tendrá ocasión de oponerse a la reclamación civil que le dirijan.
El derecho, y la "protección" que se supone que debe prestar, no puede ampararlo todo, y muchas veces, por desgracia, tampoco a situaciones que debieran serlo.
Pero tiene medios para defenderse, sobre todo en el área civil.
Pero denunciar es gratis. Así están los juzgados de instrucción, enronados.
Suerte.
gracias a todos por vuestra ayuda,pero sigo pensando en que le intimidaron mediante amenazas ademas de cometer el error en la persona que deberia de haber recibido informacion, esta situacion no se protege?
¿Por qué iban a embargar a "su hermana"?. Estoy de acuerdo con Ana e invitado: en principio, no hay infracción penal, aunque no sé hasta qué punto es lícito que llamen a un familiar.
Lo que ya no me parece tan inocente es que hayan "amenazado" a su hermana con el embargo (encima, embargarle a ella, como si tuviera alguna responsabilidad).
Si tiene un problema con la baja del teléfono, lo mejor que puede hacer es ir a Consumo y poner una reclamación, no por las amenazas o la falta de confidencialidad, sino porque pretenden cobrarle algo que según Ud. no debe. Si la cantidad no es muy elevada (y aunque lo fuera), es recomendable pagar y después relcamar, para, enc aso de tener que llegar a los tribunales, demostrar buena fe. Además, así se evita el monitorio por parte de la compañía (o verbal, con costas) y la inclusión en las listas de morosos.
Creo que por el momento, a falta del "gol del cojo" se avecina un nuevo triunfo para los colores civilistas (es que "intimidad" no da mucho juego)....que adoptamos un catenacchio de los de libro.
NO hay delito, NO hay delito.....oé.
Coincido con Ana....la tentación de usar la vía penal para eludir (con mayor o menor razón por su parte, pero si la tiene debe oponerse en la reclamación civil) el pago de la deuda, tiene poco fundamento; no parece que estemos ante un caso de "cobrador de frac" y si no se han dado otras circunstancias, difícilmente puede responsabilizarse a los abogados (que, además, estaban ejerciendo en principio de manera lícita unas gestiones de cobro por razón de su oficio, y contando con datos que son públicos) con más que el mero anuncio de acciones civiles en reclamación de una fundada deuda no constituye en modo alguno amenaza, ni el derecho a la "intimidad" es algo tan omnímodo ni tan oponible erga omnes.
Si la intimación al pago se hizo en términos y con modos corteses y aceptables, no puede entenderse que sean responsables de los "daños colaterales"
Además, están intentando los letrados evitar la interposición de un pleito, con las consiguientes costas y gastos que ud. mismo podría tener que afrontar....debería estar agradecido (por supuesto, si cree que no lo debe, opongase).
Saludos.
Perdona es que faltaban datos,yo me mude de casa entonces, los abogados supongo que cogieron la guia telefonica y por el apellido llamaron a mi hermana y le dijeron que le iba a embargar si no pagaba la deuda o estaria en la lista de morosos, yo creo que se ha vulnerado el caracter confidencial de mis datos y por tanto mi intimidad?Yo creo que la compañí a de telefono ha de decirle a susu abogados el cambio de situación de susu clientes o que los abogados se informen antes del caso y no actuar a la ligera.En que art,del codigo me puedo basar? Gracias