la AEPD no pide datos del titular de una linea a la compañia, para multar al titular de la linea... ¿por que motivo va a multarle? precisamente lo que multa la AEPD es la cesion de datos, o la vulneracion de la confidencialidad... y ya te digo yo que se necesita datos de algun ciudadano, no se los pide a ninguna compañia telefonica. Con Enitdad Estatal independiente que es, tiene otros medios
La AEPD pidió datos personales del titular de la linea para multarle y la compañia se los cedió. Hay varias multas asi, puedo buscar el pdf si hace falta.
Parece que el reglamento da plenos poderes a la AEPD para acceder a lo que crea oportuno. Es un poco paradojico que en cambio la policia tenga que pedir autorizacion judicial y que el juez ni la conceda en caso de no ser delito grave.
No sé si algún juez interpretaría el articulo de otra forma, como que se refiere a acceder a datos de alguien cuya privacidad se ha vulnerado, no del vulnerador.
El artículo 58.1 del Reglamento (UE) 2016/679 otorga poderes de investigación a las autoridades de control (en España la AEPD), incluyendo:
a) ordenar al responsable y al encargado del tratamiento y, en su caso, al representante del responsable o del encargado, que faciliten cualquier información que requiera para el desempeño de sus funciones;
b) llevar a cabo investigaciones en forma de auditorías de protección de datos;
Hay varias sanciones de la AEPD que se basan en haber accedido a los registros del titular de una linea de movil. ¿El RGPD no considera que ese tipo de datos personales solo se pueden obtener para inevstigar delitos, no infracciones administrativas?