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Vuelta de un pais europeo - prestación desempleo

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Vuelta de un pais europeo - prestación desempleo
31/05/2007 12:02
Hola muy buenas, ya he posteado en este foro y he recibido muy buenas respuestas.

En una de ellas se me comentaba que para recibir la prestación por desempleo al volver de trabajar fuera de españa, si he trabajado más de 28 días ahora en España (y más de 360 acumulados en total sin haber percibido paro) la base reguladora sería la de ese último empleo.

Pues bien, esos 28 días son laborables? son dada de alta en la Seg. Social? Es decir, si trabajo desde el 1 al 30 del mismo mes, he cumplido con esos 28 días?

Otra cosita, la base reguladora de qué depende? de la categoría que aparece en el contrato (p.rj. Ing. Técnica)? o del sueldo percibido en ese contrato? (que en mi caso no aparece, pues dice "por convenio")

Gracias.