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Vuelta al trabajo tras baja maternidad y cambio en el horario laboral de la empresa

3 Comentarios
 
Vuelta al trabajo tras baja maternidad y cambio en el horario laboral de la empresa
28/01/2019 21:27
Buenas noches:
Me encuentro en situación de baja maternal tras mi segundo hijo. Mi situación laboral correspondía a una jornada completa sin reducción, en horario de mañana (9-15:30), el horario de la empresa de cara al público era de 9 a 20:00 ininterrumpidamente.
Durante mi periodo de baja se ha restablecido el horario en turno partido (9-14 y de 17:00-20:00) y se han realizado despidos de otros trabajadores. La empresa no quiere pronunciarse en cuál será mi situación cuando finalice la baja.
No sé en qué situación me encuentro para reincorporarme; si pueden obligarme a realizar turno partido si quiero continuar en jornada completa o si si tengo algún derecho para continuar con mi anterior horario ya q la empresa ha modificado su horario laboral.
Muchas gracias.
28/01/2019 23:19
Madrecondudas
La modificación de horarios puede ser pactada o impuesta, dependiendo de esta condición si se tratase de un pacto entre empresa y Comité cuando usted se reincorpore puede impugnar ese acuerdo pero me temo que no tendrá nada que hacer, en el caso de que ésta sea impuesta de forma unilateral por la empresa, pues en la actualidad los que no estén de acuerdo podrán impugnar esa decisión ante el Juez y si el Juez da la razón ala empresa podrán acogerse al art 41.3 ET, para ello disponen de 20 días si no lo hacen pues a partir de cumplido ese plazo ese horario pasara a ser el nuevo horario.
Usted al estar de IT puede esperar a reincorporarse y su plazo de 20 días para impugnar comenzará cuando se reincorpore.
29/01/2019 00:08
Jamgrrhh28
Muchas gracias por su respuesta lo primero.
En este caso podría pedir una resolución del contrato? La única forma q tendría de seguir trabajando sería solicitando una reducción de jornada q afectaría de forma drástica a mi sueldo; sería en ese caso en el q se podría recurrir al artículo 41.3 que me ha indicado?
29/01/2019 02:32
Madrecondudas
Cuando empiece a trabajar tendrá y le alteren su jornada tendrá 20 días para impugnar y si el juez da la razón a la empresa podrá acogerse a la finalización del cto a cargo dela empresa.