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Vpp

3 Comentarios
 
Vpp
21/04/2006 13:08
Tenía algunas dudas sobre las viviendas de protección pública:

-si compro una vivienda así, ¿puedo posteriormente venderla? ¿Cuántos años han de pasar para hacerlo?
-si puedo venderla, ¿sería al precio que yo pagué por ella en su momento, o al precio actual de mercado?
-si compro una vienda así, ¿puedo en el futuro comprar otra vivienda (no de protección)?¿Perdería por hacer ésto mis derechos a la vivienda de protección?
Muchas gracias y espero vuestras respuesta. He oído mucho sobre estos temas, pero no sé realmente qué es cierto y qué no. Gracias.
05/05/2006 14:30
La respuesta a tus preguntas estan aqui:

Las viviendas de Proteccion Oficial (VPO), se hacen para cubrir una necesidad social, no para que alguien haga negocio con ellas.
Desde esta perspectiva, creo que ya lo tienes claro.
09/05/2006 14:43
Lavo, lejos de mi intención el pretender hacer negocio on una vivienda de Protección Oficial. Lo que pregunto es debido a que me ha tocado una, y ahora me entran dudas. Si dentro de ocho años me quedo sin trabajo y me sale empleo en otra comunidad, y me veo obligado a cambiar de domicilio, tendría que vender la vivienda. Por eso mi duda, al ser vivienda de protección oficial. Deseo saber si en el futuro se puede vender, y de ser así, si tiene que ser al precio que yo la compré o al precio que se vendan los pisos en ese momento. Y también, como ya planteo en mi primer mensaje, si puede ser que compre otra vivienda en el futuro (por ejemplo, una casa en la playa) y seguir conservando la antigua vivienda. Por favor, si eres tan amable, tú u otro forero, ¿podríais responder a mis preguntas? Sigo sin tenerlo claro, como ves.
23/05/2006 14:00
El tema de VPO tiende a ser cada vez más complejo, promoción pública, promoción privada, regimen general, regimen especial, libre tasado, etc, etc. No obstante respondo de modo generico a tus preguntas suponiendo que estamos ante una promoción publica VPO, regimen general o especial.

Puedes vender tu VPO, pero al precio máximo legal, ni un euro más. Es probable que el Gobierno atunómico tenga derecho de tanteo y retracto (recompra al precio legal). Para venderla a precio de mercado es preciso descalificarla (muy difícil o imposible en algunas comunidades) o que transcurran un número de años desde su calificación definitiva (según comunidades 20-30)

Si te puedes permitir la compra de otra vivienda puedes hacerlo, sin que por ello pierdas tu VPO. Ahora bien, esa segunda vivienda no será VPO, ya que no te conceden una segunda VPO. Y además tu primera vivienda debe destinarse a domicilio habitual, por lo que si te trasladas por motivos de trabajo a tu segunda vivienda tendrás que arrendar tu VPO según los requisitos de cada Comunidad, y con visado administrativo.

La inspección que ejerce la administración en esta materia es irregular, depende de cada Comunidad Autónoma. No obstante suelen actuar con celeridad en caso de denuncia.

Un saludo.