Mi caso: compré una vpo en el año 2001 a un señor, cuya vivienda tenía 14 años entonces, por la cantidad de 69.000 €, tope por el que el notario dejaba escriturar.
A finales del año 2005, por cuestión laboral he de mudarme a otra ciudad por lo que decido venderla. Aquí comienza el calvario debido a la nueva Ley de vpo en Andalucía:
- Primero existe un derecho de tanteo y retracto a favor de la Junta, cuando mi piso en las escrituras aparece eliminado ese derecho de tanteo por parte de la Administración pública, a quien pertenecía la vpo, pues lo solicité en su momento antes de comprar la vivienda.
- En la Junta de Andalucía me dicen que su valor es de unos 35.000 € al ser vpo pública, cuando en las escrituras está en el año 2001 a 69.000€.
- El piso es de 1987, anterior a las competencias de la Junta en vpo que fueron traspasadas en 1992, por lo que no entiendo ese carácter retroactivo.
Que hago? Denuncio a la junta? Denuncio al notario? Malvendo?.... si alguien puede ayudarme se lo agradezco de antemano.