Perdonad que me repita, pero creo que no he sido lo basttante claro en el título del mensaje anterior.
A ver si por fin alguien me aclara si para tomar acuerdos en las juntas, en las votaciones sólo se tiene en cuenta las cuotas de los propietarios o también el número de propietarios que votan.
Ocurre que en mi comunidad somos 9 propietarios. Hay 14 viviendas un trastero y el bajo comercial.
6 viviendas, el bajo y el trastero pertenecen a un solo propietario por lo que tiene la mayoría de cuotas.
En determinadas votaciones, su voto es el de un solo propietario contra 8, pero tiene la mayoría de cuotas. ¿Es vinculante esta votación? ¿Cuenta que seamos 8 contra 1 aunque nuestras cuotas, en conjunto, sean menores?
Para aprobar los acuerdos se requiere doble mayoría voto/coeficiente.
En el supuesto que mencionas no me salen los números, salvo que con las seis viviendas, el bajo y el trastero tenga más de un 50 por 100 del coeficiente total de la comunidad.
En caso de que así fuera, podría producirse un empate porque votarían a favor de aprobar o rechazar un acuerdo la mayoría de coeficientes y en contrapartida la mayoría de votos votaría lo contrario que hubiera votado la mayoría de coeficientes.
Para desempatar hay que presentar una demanda en el Juzgado de Primera Instancia de la localidad donde estuviera sito el inmueble y que el Juez decida en equidad. No hace falta ni abogado ni procurador.