1/3 para la instalación del sistema, aunque sea privativo, pero si hace uso de una zona común transitable o aprovechable para otros usos, entiendo que necesita mayoría simple.
Para uso particular también es aplicable la misma norma: "...instalación de sistemas, comunitarios o PRIVATIVOS, de aprovechamiento de la la energía solar..."
Otra cosa es que en este caso la gente no quiera darte el voto, pero si consigues el 1/3 de los votos no hay problema.
Vivo en un duplex-ático. El dormitorio de la planta de arriba tiene un techo que es la cubierta del edificio. Deseo colocar ahí una placa solar termica. ¿Qué cantidad de votos a favor necesitaria? La placa solar no se veria ni desde el patio comun, ni desde la calle. Gracias