Tenemos un administrador que se posiciona en cada votación y manipula la opinión de los vecinos, según intereses. En la próxima votacion debemos de decidir si sigue o no . Agradecerái alguien me dijese que % de votos deberiamos tener para pedir un nuevo administrador. Estamos en Cataluña, por si ello modifica en algo los votos.
El porcentaje es el mismo en este caso en Cataluña que en el resto del Estado, pero debe tener en cuenta una serie de casos que se pueden producir para cesar al administrador.
El cese debe obedecer a un tema o temas que lo justifiquen ya que de lo contrario tendrían que indemnizarlo. Sepa que ustedes (la comunidad), tiene contraído un contrato de mandato por un año, finalizando por tanto un año después de ser nombrado en la junta ordinaria que fue nombrado para atender sus necesidades como administrador. Al finalizar este mandato, es decir, al finalizar el periodo anual y por tanto hay que cambiar los cargos (presidente entre ello) es cuando se le puede cesar ya que su contrato ha finalizado y de esta manera evitarán indemnizarle, no obstante, este señor se tomará la pataleta pertinente no entregando la documentación que obra en su poder o alguna otra acción (suelen actuar de esta forma generalmente, son malos perdedores).
Trabajo en un despacho de administración y nunca hemos tenido ese problema simplemente cuando no nos han querido hemos dejado el cargo y se ha presentado la documentación en las mismas condicines que queremos recibirla, esto es, claras, precisas y concisas. No todos los administradores poseen contratos con las comunidades, esto es opcional.
EN TODAS LAS PROFESIONES HAY DE TODO NO HAY QUE PREJUZGAR.