En la Junta General de Accionistas, el voto de cada miembro vale el porcentaje del capital que representa.
¿En el Consejo de Administración, el voto de un Consejero también vale por el capital que pueda representar; o valen los votos de todos los miembros del C. de A. por igual?
Los acuerdos del Consejo de Administración se adoptan por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes, con independencia de las acciones que, en su caso, pudieran tener todos o alguno de ellos. Sólo se tendrá en cuenta el número de consejeros que votaron a favor respecto al total de los que asistieron, siguiendo la regla de un consejero un voto.
Sin perjuicio de lo anterior, los Estatutos Sociales y el propio Consejo de Administración pueden regular el régimen de funcionamiento interno del Consejo.