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votaciones

1 Comentarios
 
Votaciones
26/11/2002 12:25
Hola:
1º Se convoca reunión para la votación de la futura instalación de un ascensor en la finca.
2ºUn vecino vota NO pero se niega a firmar en el libro de Actas.
3ºSe le remite fotocopia del Acta de dicha reunión.
Pasado un tiempo no se ha recibido contestación ninguna de éste vecino. Mi pregunta es la siguiente: ¿Cómo se contabiliza éste voto?.¿Cúal es el siguiente paso a seguir?. Se vá a celebrar próximamente otra reunión, pues no se llegó a nada claro en la anterior y no sabemos que actitud tomar con respecto a dicho propietario. Para su información somos una comunidad gestionada por los mismos propietarios con todos los problemas que esto conlleva. GRACIAS.
26/11/2002 17:18
A mi modesto entender no es necesario que los propietarios firmen el acta,,segun la LPH el acta debe ser firmada por el presidente y el secretario(que en vuestro caso tal vez concurran los cargos en la misma persona) y posteriormente se manda copia del acta a todos los propietarios como bien habeis hecho.
Con lo cual ese voto negativo simplemente se contabiliza como un voto en contra sin mas,,para el ascensor debereís de obtener 3/5 de los votos y de las cuotas y el resultado vincula a todos, es decir pagan todos incluidos los que votan en contra,si solo es un vecino que se niega ya teneis la mayoria para poner el ascensor,,ahora solo os hace falta si el ascensor realmente se puede poner por las escaleras,,,porque si no fuera asi y tuvierais que ponerlo por ejemplo en el patio de luces ya es otro cantar