Buenas,
vamos a realizar una votación para instalar el ascensor y en principio quedaríamos de la siguiente manera:
-A favor: 9 votos---48.15% de la cuota de participación.
-En contra: 7 votos--- 51.85€ de la cuota de participación.
Nos comentan que si tenemos una persona mayor de 70 años, con la mayoria(mitad más 1) es suficiente y no se tienen en cuenta los % de la cuota de participación.
¿Hay alguien que nos pueda asegurar esto?
Garcias y salu2.
Hola Javierchu:
pásate por el post titulado "uso del ascensor sin pagar por él" y toma buana nota de mi caso, no te vaya a pasar lo mismo.
La Ley 51/2003 de supresiópn de barrras aquitectónicas modificó los asrtículos 10, 11 y 17a de la LPH en ese sentido.
Ahora no puedo extenderme más, pero cuando tenga un rato miraré tu post por si tienes alguna duda más, ojalá lo que el resto ha dicho en mi post te sirva para algo, vale?