Buenos días a todos, tengo una duda y me gustaría que alguién me la resolviera, al parecer me están confundiendo con interpretaciones algo interesadas y partidistas. Se ha celebrado una Junta de propietarios en la que había que votar por un asunto de cambio de horario en los servicios de conserjería. Según la LPH son 3/5 de las tasas de participación, ahora bien, ha salido muy ajustado y ha habido bastante abstención, ¿como se computa estos propietarios que no votaron por que no asistieron? Según la LPH se toman como favorables salvo que dentro de 30 días no digan lo contrario, pero ¿favorable qué? ¿al resultado de la votación, salió: No al cambio de horario? o ¿favorable al cambio de horario que es por lo que votaba? ... Por favor sacarme de dudas por que aquí hay gente que manipula mucho. Gracias.
hola anabel.
entiendo que a favor del acuerdo adoptado en la Junta, al resultado de la votacion. Es decir, que si en una Junta se aprueba X y ese acuerdo se comunica a los ausentes y éstos no se oponen se entiende que están a favor del mismo.
Quien calla otorga.