Moderador,
en mi opinion el desagradecido contestulio, ahora se dedica a insultar. Despues de tanto esfuerzo para explicarle nuestra opinion sobre su consulta.
Dejarme contar algo que de muy pequeño me pasó.
Mi padre criaba pollinos, o asnos y algún que otro cerdo, un buen día me encomendó que los llevara a comer a pastar o a rumiar en otro prado distinto al nuestro, cuando regresé observó mi padre que yo no paraba de llorar, obviamente mi padre me pregunta ¿pero que te pasa hijo?, padre el asno y el cerdo que más me gustaba han debido comer alguna hierba venenosa y se me han muerto, mi padre para consolarme me dijo HIJO NO LLORES MAS EL REBUZNAR DEL ASNO COMO EL GRUÑIR DEL CERDO TE SEGUIRA HASTA DONDE TU TE ENCUENTRES, que razón tenía que sabio era mi padre aquí EN este foro me ha parecido oir a esos animalitos que yo tanto apreciaba.
Sirva solo como recuerdo literario amigos.
Agunos o na saben leer o tratan perder el tiempo y por consiguiente hacerselo pasar a los demás.
Tiene narices donde digo que dejo fuera de votación a un vecino.
Bueno para que escribir más señor usted lleva toda la razón.
Me desagrada esa insistencia en dejar fuera de juego a un propietario porque "es uno solo".
Ocurre que "todos menos uno" habeis considerado que el derecho que "todos los españoles menos vosotros" han concedido a ese "uno" vale menos que el derecho que vosotros le quereis reconocer.
En mi opinion, no podeis negarle el derecho, ni criticarle porque lo tenga. Simplemente aceptarlo o echarle la culpa al tren.
Entonces, la cuestion no ha de estar centrada en ver si por alguna "formalidad" conseguimos quitarle el derecho.
Si el propietario asi lo quiere debeis respetarlo, porque instancia superior le reconoce el derecho. Lo unico que que podeis hacer es aseguraros de que esa es la voluntad del propietario, simplemente porque esperais que sea otra, o si no fuera tratar de obtener "razones", trabajar la "conviccion", negociar, hablar,....
Me gusta la gente "noble".
Cuando hice el servicio militar había un soldado que decía cachucho en vez de cartucho, tanto enojó al capitán que mandó al sargento encerrarse en una sala o habitación con el soldado. Sargento expetó el capitán no salgan de esa sala hasta que el soldado sepa decir cartucho, ¡a sus órdenes!, a los tres meses comparecen los dos ante el capitán dice el sargento ¡mi capitán el soldado ya sabe decir cachcucho!.
Saludos amigo
Pues al final volvemos a lo mismo:
a) Si no vale el voto del hijo, y en la Junta no los propietarios asistentes no dijeron nada, pues la doctrina de los propios actos, VALE. Y si afirmais que no vale, entonces el propietario no asistió, y entonces volvemos a los propios actos: A comunicarselo al VERDADERO PROPIETARIO. El cual logicamente hará lo que le diga su hijo.
b) Y de nuevo volvemos a lo mismo: Si no ha asistido, pues a comunicarselo.
Y lo del Registro, al igual que se ha hecho despues de la Junta, tampoco había impedimento para hacerlo antes de la Junta.
La verdad es que aprecio una mala voluntad, por decirlo suavemente, ...
No yo no digo que el padre haya muerto no, digo que en el registro de la propiedad constan como dueños o propietario el padre y la madre. punto.
Que la notificación de la reunión se la enviaron a través del buzón de correos a nombre de la madre obviamente propietaria como consta en el registro.
Y quien asistió a la reunión sin autorización firmada (como se exige) fué el hijo y quien votó en contra fué el hijo. Espero que se haya entendido
No obstante gracias.
R esumiendo:
Si decís que no hubo representación y, por consiguiente asistencia del propietario correspondiente, entonces tendreis que comunicar fehacientemente el acuerdo al propietario correspondiente.
Por cierto, decís que aparecen en el Registro como propietarios los padres, y tambien que la propietaria es la madre.
De ello deduzco que el padre ha fallecido y que, aunque el registro no haya sido cambiado, el hijo es propietario de una parte del piso, que está en proindiviso. Por consiguiente, a la Junta SI ha asistido el propietario. Mira lo que dice la LPH en el caso de los proindivisos.
Más claro
1º Los propietarios según el Registro de la Propiedad son los padres.
2º Quién consta en el acta de dicha reunión es la madre, señora según el administrador se le carga los gastos de comunidad.
3º La citación de la reunión entregada por el administrador a todos y cada uno de los vecinos iba a nombre de dicha señora.
4º Consta claramente en dicha citación que podemos ser representados por la persona que creamos conveniente con la autorización por escrito firmada por el representado.
3º Quién emitió el voto en contra sin autorización de representación de la venta fué el hijo.
4º Lógicamente los vecinos desconocemos quien son los propietarios de cada vivienda, aunque el administrador si, se deduce quien metió digamos la pata fué el administrador colegiado.
5º Si me dí cuenta del error fué solo y exclusivamente porque al leer el acta observé que en el lugar del señor que voto en contra constaba el nombre de una señora, que si consta el nombre por ejemplo del padre u otro señor no me doy cuenta.
Perdonar gracias y saludos cordiales
No he contestado antes porque esperaba información del Registro de la Propiedad, donde se obseva que los auténticos propietarios son los padres y no el hijo el que asistió sin autorización de representación ni hablada ni escrita, el único de los vecinos que emitió el voto en contra de la venta de la vivienda anteriormente del portero.
En cuanto a la carta de citación o convocatoria de reunión se entrega en este caso a mombre de la madre la señora que aparece precisamente en el acta de la reunión, según el administrador persona la cual le carga en su cuenta bancaria los gastos de la comunidad por expreso deseo de dicha señora.
Creo haber contestado TN a discolo y a Acritón, saludos cordiales
Abuelo, es que deberiais saberlo, para hacer las cosas bien, se debe mandar la carta de convocatoria al titular en el registro, a quién le enviastéis la carta? si se la enviais a la madre, es que sabéis que la madre es la titular, si se la enviais al hijo, vosotros mismos cometéis el error.
Y no me digas que la convocatoria se hizo echando una carta en el buzón o en el tablón...porque entonces ya te digo que debéis repertir la reunión si queréis que tenga valor.
Abuelo, no lo de más vueltas: SI aceptan que ha asistido pero que no vale su representación, entonces la verdadera propietaria no ha asistido y se la debe comunicar el acuerdo para que pueda oponerse al mismo. Si dicen que no ha asistido, entonces volvemos a lo mismo: les toca comunicarla el acuerdo, con lo que seguimos igual.
TN nosotros no cometimos error alguno, que sabemos si la propiedad es de ese hijo o madre o tia ni tan siquiera sabemos que la señora que consta en el acta es madre, abuela o esposa, nosotros lo único que observamos es que el voto en contra fué emitido por un señor y en el acta en su lugar consta como una señora propietaria del piso, preguntado al administrador colegiado a la sazón, me respondió que iría al Registro de la Propiedad para observar quien es el propietario y nada más no sabemos más, tan solo repito que donde voto un señor consta una señora y por eso me di cuenta del error consecuentemente nosotros no hemos errado en nada, máxime como ya dije es un vecino reciente que no se incluso si vive en o tiene cerrado el piso.
Gracias por tus aportaciones saludos cordiales
Abuelo, si rectificáis el acta y no aceptáis la presencia del vecino, tenéis que enviar el acta a la propietaria (y que conste) y esta dispone de 30 días para oponerse (cosa que previsiblemente sucederá por indicación del hijo)
Por eso digo que, para el caso es lo mismo, de hecho no se puede rectificar así como así el acta, al menos legalmente, no es la solución correcta para vuestras pretensiones, ya que cometistéis el error de aceptar el voto y no podéis alegar un error vuestro para beneficiaros.
Acriton, estoy totalmente de acuerdo de cuanto dices respecto al tiempo de vecindad de los propietarios.
La duda que tengo es, si solo se debe subsanar o modificar el acta diciendo por ejemplo que fulano de tal asistió a la reunión no teniendo derecho a voz y voto al no presentar documento acreditativo de autorización de representación de la propietaria de su vivienda, por lo que se acepta la votación por unanimidad del resto de los vecinos presentes legalmente en dicha reunión, porque si tenemos que volver a celebrar otra reunión va ser en vano en la medida que dicho señor se presentará esta vez si con la consiguiente autorización firmada y hasta compulsada para seguir negándose sin más argumento de que no es el momento idóneo para vender.
Me reitero en mi agradecimiento por vuestras molestias gracias y saludos cordiales.