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Votación reunión ordinaria

3 Comentarios
 
Votación reunión ordinaria
perfil JLD
11/01/2013 17:06
Buenos dias,
Soy vecino de una comunidad de propietarios. En breve recibiré la carta para la próxima reunión que tiene prevista celebrar el Presidente.
Como se trata de una convocatoria ordinaria al final del año para aprobar las cuentas además de otros puntos que se recojan en ella, tengo entendido que junto a la carta, el administrador debe adjuntar un documento que justifique tanto los gastos como los ingresos que se han producido en el año anterior, así como una relación de los vecinos que no estén al corriente de pago hasta esa fecha.
Con respecto a lo anterior, me surgen algunas dudas.

1º) ¿Qué pasa si el administrador no adjunta la documentación ni la relación de vecinos morosos? ¿Estaría incumpliendo la LPH?

2º) ¿Qué pasa si el administrador adjunta la documentación de forma que detalla y desglosa los gastos pero no los ingresos (es decir, hace mención al importe total de los ingresos cobrados el año anterior sin desglosar el portal ni piso de cada vecino , amparándose por ejemplo, en la Ley de Protección de datos o manifestación de cualquier vecino a que se prohíba la exposición de esa información?
En este caso, como parte integrante de la reunión y con derecho a voto al respecto, ¿Qué medidas puedo tomar?
Muchas gracias
11/01/2013 17:44
la LPH no obliga a que se remita junto a la convocatoria, la información que indica, lo normal es que se remita. Lo que puede hacer es indicar en la reunion que en ese momento no se puede cotejar los gastos e ingresos, y solicitar por votacion que a partir de ese año si se haga, y votar no a la aprobacion de las centas lo que si debe de indicar y con claridad, es la forma y la cuantia de la forma de contribuir cada propietario, si no lo hace asi, seguro que hay gato encerrado, y no vale ampararse en la confidencialidad de datos, ya que este dato se refiere a nº de cuentas, telef. email, etc usted tiene derecho a saber como se reparte, y si no no pague
perfil JLD
11/01/2013 18:06
Sr jalisco,
Muchas gracias por su intervención.
Según su exposición, y creo haberle entendido bien, cuando dice que el administador debe indicar la forma y cuantia de contribuir cada propietario ¿se refiere a que debe detallar ademas de los gastos los ingresos que aporta cada vecino especificando portal y piso, sin excusa alguna?
Se lo hago saber porque hasta el dia de hoy no he conseguido hacerle ver que en la documentacion que nos entrega, debe detallar tambien los ingresos. Como ustede dice, hay gato encerrado
y creo que es el momento de ver los resultados.
11/01/2013 21:52
1º Cuando reciba la convocatoria, tiene derecho a ir a las oficinas del Administrador a que le muestre las cuentas con todos los justificantes.
2º Si la convocatoria no indica los propietarios morosos (de haberlos), que no tiene derecho a voto, la Junta es nula o anulable en el juzgado.