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Votación en reunión.

3 Comentarios
 
Votación en reunión.
07/06/2006 14:44
Nuestra manconmunidad está formada por diez comunidades de vecinos.
Desde que ee nos entregó el piso hace dos años, venimos solicitando a la constructora que repare los muchos defectos que hay, haciendo ésta caso omiso. Por ello se ha solicitado el estudio de lun périto, para tener soporte técnico y poder acudir a los tribunales.
El sentir mayioritario es el de denunciar a la contructora.
Hace escasas fechas había convocada una reunión para decidir si ir a los tribunales o no. A esa reunión acudieron un total de 52 personas que tenían un porcentaje de participación del 25,99.
De los votantes 28 personas con un porcentaje de participación del 12,76, dijeron no ir a juicio y 24 con un 13,23 de porcentaje de participación dijeron que sí.
En el acta de reunión, la administradora dice que no procede otorgar poder para pleitos ya que no prospera ningún acuerdo y no se cumple el art. 17-3º de la LPH.
Yo el art. 17-3º, no entiendo que diga eso.
La pregunta es si la interpretación de la administradora es la correcta y si cabe convocar una nueva reunión para tratar el mismo tema y a la que seguro que irína muchos mas propietarios.
Da la impresión que de los del "no", han acudido todos, no ocurriendo lo mismo con la parte contraria.
Gracias
perfil pp
07/06/2006 15:00
A lo que se refiere la Administradora es que: yo no sé como se convocó dicha junta, pero en el caso de que se hiciera en dos horas diferentes, basta con la mayoria de los asistentes, pero si fue convocada en una sola hora, necesitas mas de la mitad de los votos de la mancomunidad.
Consejo, revisa la convocatoria.
ej se convoca en 1º convocatoria a las 2000 y en segunda y ultima a las 2030 ahí solo necesitas mayoria de los asistentes
07/06/2006 16:33
había unaprimera convocatoria a las 19,00 y segunda a las 19,30 h.
Según me informas es que con la mayoría de los asistentes es suficiente, pero lo yo digo que esa mayoría de asistentes tienen manor porcentaje de participación, y también pagan mano de cuota.
Es por eso que no comprendo como pueden ganar esa votación.
Además, se apela al artículo 17-3º, y el mismo dice que serán válidos los acuerdos adoptados pa la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes, y éste no es el caso.
07/06/2006 16:38
perdona he leído mi mensaje y hay varios errores.
En el segundo pàrrafo debes leer,
"...esa mayoría de asistentes tienen MENOR porcentaje de participación y también pagan MENOS de cuota".