A veces los Administdadores juegan o se saltan el concepto de aprobar un asunto en Junta o aprobar un asunto en ruegos y preguntas
si nos atenemos a que para votar un asunto debe de figurar en el orden del dia de la citacion.
como es que a veces se aprueba algo en Ruegos y Preguntas??????
donde esta la línea sutil de la diferencia
por la importancia del asunto?
a gusto del Administrador ?
gracias por vuestra opinion
"donde esta la línea sutil de la diferencia
por la importancia del asunto?"
En ningún sitio, la línea no es sutil, es muy clara, solo se pueden votar temas que figuren en el orden del día, y no se puede votar nada en el punto de ruegos y preguntas
Si a estas alturas todavía no se tiene claro quien esta capacitadompara aprobar un tema en junta comunitaria, no es de extrañar, que las comunidades funcionen de forma tan errática
En ruegos y preguntas NO SE DEBE aprobar nada ya que no existe una información previa del asunto a tratar, por lo que se infringe el derecho de información. Si no se conoce previamente el asunto a tratar, los propietarios ausentes no se pueden manifestar al respecto ni aún con voto delegado porque no han podido manifestar su postura al delegante. Pero si se aprueba queda el camino del juzgado para impugnar ese acuerdo. Siempre que merezca la pena, evidentemente. Si se aprueba y nadie impugna y pasa un año, el acuerdo es firme.
en ruegos y preguntas se aprobo pintura del patio, del patio en garajes
y esto no estaba en el orden del dia
tmabien se aprueba en fuegos y preguntas aparcar bicis cuando si estaba permitido
el limite no se sabe donde esta y luego claro, se producen problemas de convivencia o rayando la ilegalidad
Lo que seguro que merece la pena es hablar con el administrador y el presidente para hacerles ver que se están tomando acuerdos ilegalmente siendo muy sencillo hacerlo legalmente, salvo que quieran esconder a los copropietarios los acuerdos que se van a proponer.