El caso es de un amigo que está separado y pasa pensión a su ex-mujer por su hijo que tiene 19 años, pero cuando acabe este curso, mi amigo quiere darle trabajo al chico (si todo se arregla un poco claro, porque con el virus está difícil la cosa) y el chico está de acuerdo también, entonces ya no tendría que pasarle pensión a su ex-mujer.
Pero claro, que pasa si el chico (vago como las piedras ahora que no me oye nadie) decide dejar el trabajo y seguir a la sopa boba, podría la ex-mujer volver a reclamar la pensión??
Gracias.
Si es independiente económicamente no tendrá que pasar pensión, no vasta con que gane una mierda sueldo. Si no estudia ni trabaja puede que no, pero si estudia si.
Sabes que la independencia económica se puede acabar con 30 años, ni te cuento con 20 años, de ahí mi pregunta, si la madre de la criatura podría volver a pedir la pensión. Gracias
Pero tu as dicho que el chico tiene 18 y no 30, si dices tiene 30, pues que se busque la vida que es ya mayorcito, pero con 18 salvo que sea un nini conflictivo (y que les de la razón un juez) , los padres tienen obligaciones con los hijos.
Que yo sepa hasta que no haya una modificación de medidas, tiene que pasar manutención. Si ellos llegan a ese acuerdo y están todos contentos bien pero si a la madre se le cruzan los cables puede pedirle todas las manutenciones que haya dejado de pagar.
A ver, era una metáfora. El crío tiene 19 años y pese a que no hay una regla general que determine cuándo hay independencia económica, suele considerarse que el hijo mayor de edad tiene derecho a la pensión de alimentos cuando está cursando estudios, o sus ingresos por trabajo están muy por debajo del SMI.
Mi consulta la pondré más clara, sin metáforas: El crío empieza a trabajar, mi amigo pide la modificación de medidas para no pagar pensión, se la dan. Bien. Pero el crío, al año deja de trabajar. No ha ahorrado nada porque se lo ha gastado en una moto y tiene 2 meses de paro porque es lo que le corresponde, y dice que va a estudiar un curso para ser soldador. La guarda y custodia no se extingue con la mayoría de edad, sino con la independencia económica, pero puede retomarse?? Puede volver a venir la madre a retomar la custodia y la pensión??
Yo he leído algún caso, de que si el hijo deja de trabajar para ponerse a estudiar, si podría volver a pedir que lo mantengan los padres. Enel caso este la pensión.
Existe en el Código Civil el título "De alimentos entre parientes" (arts. 142 al 153), que establece la obligación entre ascendientes, descendientes y conyuges. Es decir, que en cualquier momento de la vida su hijo, si se ve necesitado, podría pedirle ayuda y también a la inversa, usted podría pedir ayuda a su hijo si lo necesita. Esta ayuda podría proporcionárse mediante pensión alimenticia o acogiéndole en su casa.
Por otro lado, cesa la obligación de alimentos "Cuando el alimentista sea descendiente del obligado a dar alimentos, y la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo". Con lo que, si su hijo abandona voluntariamente el trabajo y tampoco estudia o hace por encontrar un nuevo trabajo, no tendría por qúe pasarle pensión.