Ahhhhh, me faltó decir, si el mismo niño, con esa misma edad, hubiera dicho que quería vivir con su padre, si aún además hubiera contado algunas, sólo algunas, de las situaciones que vive, de lo que le pasa, hubiera sido tenido tan en cuenta?????????????????????????????????????
Tomasico, siento decirte, Andalucía es de las peores comunidades en tema de familia. Si no la peor.
A mi marido le pasó exactamente lo mismo. El niño, con siete años!!!!! que tenía en el último psicosocial, parece que dijo en su entrevista a solas que "quería su vida quedara como está". Y ni el historial clínico de su madre, ni las conversaciones donde claramente el niño habla de cómo le aleccionan sobre lo que decir, ni un extenso informe de detectives donde se veían entre otras cosas al niño viajando en autovia sin cinturón, a las seis de la mañana de fiestas, comiendo descalzo en bares, etc, etc, etc, sirvieron de nada. Curiosamente el "informe" psicosocial ni si quiera menciona ninguna de esas PRUEBAS. Porque no es que mi marido lo dijera, es que había documentos, vídeos y grabaciones.
Allí los chanchullos están a la orden del día. No importa si de colegios, servicios sociales, abogados.... Y el interés del menor dista bastante lejos de ser la prioridad.
Todo con el beneplácito de las administraciones, que ven prácticamente impasibles como las denuncias por irregularidades en los procedimientos se multiplican y acumulan cual si fueran setas.
Veamos si, de una vez, esto se regula. Y dejan de pasarse por alto chanchullo tras chanchullo.
Esto si, como ya ha ocurrido en otras ocasiones, el informe que resulte de esta "investigación" no se limita a una mera declaración de intenciones, que se facilita cual panfleto a las administraciones, sugiriendo su cumplimiento.
Lo que, tal y como sucede hasta el momento, únicamente "sirve" para más gasto en papel, honorarios de cargos públicos y puestas en escena, que en nada contribuyen a las garantías para que se respeten los derechos de los menores y sus progenitores. AMBOS!!!!
Mucha suerte.
Pues no me sirve de consuelo, estoy en Andalucía .
Era la segunda vez que pasamos por los equipos y tenía mucha fé. En el primer informe ponía sobre mi ex, entre otras muchas cosas más, "la madre ha involucrado a los menores en el conflicto", "no es consciente de las repercusiones emocionales negativas, por la falta de relación interparental", en las conclusiones decía, bajas puntuaciones en autoestima, independencia y capacidad de resolución de duelo.
Pues nada, que pena de dinero gastado, creo que es imposible tener la custodia compartida aquí, No conozco a nadie y anda que no hay casos. Saludos.
Tomasico los psicosociales son determinantes, diría que en 99% de los casos se hace lo que dice el psicosocial, convirtiéndose en los verdaderos jueces de hecho. Mi hijo tenía 7 años cuando me separé de su padre, en el informe decía "voy a ver al juez, quiero ver a mi madre un fin de semana de cada dos", Yo doy fe de que toda la vida le he leido cuentos y me he ocupado de comprarlos, andersen, perrault, pero vamos el código civil y el sistema de visitas en la vida se lo conté de cuento. Mi hijo llegó manipulado por su padre al psicosocial y la perito estuvo en off. Por desgracia tampoco el juez se percató de nada. En definiiva que lo que dijo mi hijo con 7 años fue crucial. En mi periplo he conocido muchísimos casos de menores que deciden con menos de 12 años, y nadie se pregunta desde dónde dice un menor lo que dice, cómo es que lo dice ni nada.
Con todos mis respetos por los aportes de los letrados, pero diría que cada juzgado es un mundo, y la interpretación de la ley depende del juez que te toque. Mi caso fue en Madrid.
Entiendo que lo que tu habias planteado era una modificacion de medidas... y probablemente, si te sirve de consuelo, aunque el menor hubiera manifestado que queria la custodia compartida, (no se en que comunidad resides), hubiera quedado tal cual.
Por cada 10 casos estimados de modificacion de medidas contenciosa (cuando ambos progenitores no estan de acuerdo en la medida solicitada), hay otros 100 desestimados. Hablo principalmente de Castilla y Leon, aunque he visto sentencias de otras comunidades.
En mi caso, si que contó y mucho, la opinión de mi hijo menor de 10 años. Solicité por segunda vez la custodia compartida y en todo el informe psicosocioal, lo único que dice, es que el menor manifiesta que "quiere seguir como está". Y se acabó, 10 minutos de entrevista y viviendo a 200 metros de mi hijo.
Jamas van a ir contra la voluntad del menor a aunque puedas probar con grabaciones incluidas el grado de alienación y manipulación por parte de la madre.
Aunque bien pensado y en frío, imagino concedida la custodia compartida y la madre y el hijo te joroban la vida si quieren.
Sarapiki y Vmelex, gracias por vuestros aportes! Me han resultado de mucha utilidad.
En efecto me confundí con el tema de los 12 años. En la Ley 15/2005 no aparece límite para escuchar la voluntad del menor en cuanto a cifra de edad, solo menciona grado de madurez, etc.
Vmlex, evidentemente, trabajamos en plazas diferentes. En primer lugar, soy letrada, en segundo lugar, no le he indicado mal, repito que la opinion de un menor no vincula al juez, ¿que este la tiene en cuenta? Eso no lo voy a negar... pero, evidentemente, segun sea esa opinion del menor.
En tercer lugar, los menores de 12 años TAMBIEN pueden ser oidos, si en la demanda o en la contestacion una de las partes pide prueba de exploracion del menor, y el juez la acepta. En cuarto lugar, un menor no puede iniciar ningun tipo de proceso contencioso por si mismo, sino sus padres o sus tutores legales. El consultante preguntaba si el niño podia pedir audiencia al Juez. Y no, no puede personarse en el juzgado por si mismo y pedir hablar con el juez. Tal como yo le indique, y mantengo, tendran que ser sus progenitores los que insten un procedimiento de modificacion de medidas, en el seno del cual cabra la posibilidad de escuchar al niño
En mi juzgado de familia se suele tener en cuenta la opinion del menor en la mayoria de los procedimientos de jurisdiccion voluntaria. No tanto en modificaciones de medidas que implican cambios en el regimen de custodia.
Pero, evidentemente, cada consultante se puede quedar con las opiniones que mas le agraden, ya que, digamos lo que digamos, aqui no se puede demostrar si somos abogados, o jueces, o ingenieros...
Que el menor pueda iniciar el procedimiento no, pero si hay un procedimiento iniciado o se inicia a raiz de que el menor le pida a uno de los padres irse a vivir con el, se puede solicitar la exploración de los menores por parte del juez, siempre que los niños tengan como mínimo 12 años.
Y SÍ, los menores pueden pedir audiencia al Juez según el articulo 770.4 LEC: "Las pruebas que no puedan practicarse en el acto de la vista se practicarán dentro del plazo que el Tribunal señale, que no podrá exceder de treinta días.
Durante este plazo, el Tribunal podrá acordar de oficio las pruebas que estime necesarias para comprobar la concurrencia de las circunstancias en cada caso exigidas por el Código Civil para decretar la nulidad, separación o divorcio, así como las que se refieran a hechos de los que dependan los pronunciamientos sobre medidas que afecten a los hijos menores o incapacitados, de acuerdo con la legislación civil aplicable. Si el procedimiento fuere contencioso y se estime necesario de oficio o a petición del fiscal, partes o miembros del equipo técnico judicial o del propio menor, se oirá a los hijos menores o incapacitados si tuviesen suficiente juicio y, en todo caso, a los mayores de doce años."
La opinión de los menores CUENTA Y MUCHO, hasta el punto de que los jueces (por casos propios te lo digo) se decide en función de lo que le cuentan los menores y como se sienten con la situación que tienen con sus padres y con quien viven o si prefieren vivir con el otro por algún motivo.
Asi que no hagas caso a la opinión de Sarapiki porque te ha indicado mal, aseguraros que os contestan abogados y siempre pedir segundas opiniones. que todos nos equivocamos pero si no estamos seguros mejor no dar nuestra respuesta por cierta (asi intento hacerlo yo).
No soy abogada, pero le digo, ningún crío/a de 12 años pide audiencia con un juez a petición propia, ni conoce sobre custodias compartidas o monoparentales sin que un adulto esté detrás en ese propósito.
Sería deseable que fueran los padres quienes se pusieran de acuerdo sin hacer pesar al crío por algo así, en definitiva que no le utilizaran para sus pretensiones. Siento ser tajante, pero esa es mi opinión.
Que yo sepa, el limite para tener en cuenta la opinion son los 18 años... esto es, cuando cesa la figura de la patria potestad por mayoria de edad.
Hasta ese momento, el juez puede escuchar al menor, pero ninguna ley le obliga a tener su opinon en cuenta. Debe "oir y valorar", pero la opinion del menor no vincula la decision del juez.
Por otro lado, a mi entender, el menor no puede pedir audiencia al juez, en todo caso, uno de los progenitores podra plantear la modificacion de medidas, y en ella, solicitar prueba de exploracion al menor.
Y ya, como opinion personal, eso de que "el menor no se siente valorado" porque uno de sus progenitores tiene otra pareja, no va a ser base suficiente para una modificacion de medidas. Otra cosa es que quedase desatendido, o fuera objeto de malos tratos...
Hola compañeros tengo una duda, acerca de una cuestión sobre la voluntad del menor en custodia compartida.
Cuando el juez decreta sentencia y custodia para ambos progenitores, pero el hijo que tiene 11 no quiere pasar el periodo de vacaciones con uno de ellos, por que éste tiene una nueva pareja y el menor no se siente valorado, ¿puede a los 12 años solicitar una audiencia con el juez para replantear una modificación en los regímenes de visita?
Tengo entendido que la ley 15/2005 contempla que la audición de los menores se podría realizar cuando así lo solicita el propio menor y que dicha audición o es una diligencia que esté en manos del juez, del fiscal o de los propios progenitores, sino que es un derecho del menor, cuya vulneración como ha dicho el TC constituye una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de los menores, art 24 de la CE.
¿Son 12 o 14 años, el límite para tener en cuenta la opinión?