Mi consulta es la siguiente. En 2004 un militar ( Brigada), le fue adjudicada una vivienda del INVIFAS en propiedad al cincuenta % de su valor de mercado. Según la ley, durante los siguientes 3 años, dicha vivienda no podrá ser objeto de enajenación alguna, salvo la hipoteca para la compra de esa misma vivienda. Pués este señor, puso esa vivienda al mes siguiente de comprarla en alquiler. Y él ya tiene vivienda propia (un chalet).