Creo que no tiene nada que hacer puesto que es muy normal y habitual que los padres mayores pasen a residir con sus hijos para su cuidado... No creo que ningún juez ponga en la calle ni a los mayores, ni al cuidador, ni a nadie. Otra cosa es la contribución a las cargas...
Hola Melajuego,
En realidad era más una duda que una opinión, ya que en cada caso hay que estar a todos los detalles.
En su caso, por ejemplo, parece que sus hijos ya son bastante mayores para cuidarse solos, aunque aun necesiten su vivienda. Por lo que quizás podría ser la madre la que se desplace a casa de los abuelos cuando tenga que cuidarlos, suponiendo que tengan una vivienda.
Estoy de acuerdo en que el uso es sólo para los hijos, no para terceras personas. Pero es en casos extremos de necesidad, siendo los hijos menores de edad, en los que me surge la duda de qué diría el juez, si hay alguna sentencia previa o jurisprudencia.
Le deseo mucha suerte.
mirarhaciaadelante, yo discrepo en lo que dice, si la vivienda es para dar cobijo a mis hijos y con quien queda la custodia, creo que no puede dar cobijo a otras personas que si bien son familiares, una cosa es realizarlo de forma puntual y otra es de forma constante.
El uso de la vivienda se la da a la custodia por los hijos, no te equivoques.
Saludos
Hola Paquito,
Por curiosidad y sin ánimo de polémica.
Supongamos un padre/madre que tiene la custodia de sus hijos y el uso y disfrute de la vivienda familiar. Y supongamos que unos años después del divorcio los abuelos de los menores enferman de alzheimer y el padre/madre custodio además de cuidar de sus hijos debe cuidar de sus padres (la ley también obliga a ello). ¿Crees que un juez le quitaría el uso y disfrute de la vivienda o la custodia por llevarse a sus padres enfermos a casa?
Otro supuesto. El que tiene la custodia y el uso de la vivienda, le cambian involuntariamente sus condiciones de trabajo de manera que necesita ayuda para cuidar de sus hijos durante las vacaciones o cuando están enfermos. Para ello pide ayuda a los abuelos, que como viven lejos o tienen una vivienda pequeña, se trasladan durante esos días a la vivienda familiar para cuidar de los nietos. Misma pregunta.
Muchas gracias anticipadas por responder.
Si viven ahí otras personas (en general) se puede cancelar el derecho de uso, pues efectivamente no tienes por qué tener a alguien viviendo en tu propiedad, de la cual se te está privando exclusivamente para beneficio del menor (e indirectamente del custodio), no de nadie más. Pero lo de "periodos de tiempo" es muy relativo. Veo muy difícil que un juez considere una extralimitación del derecho de uso del menor que una persona pase unos días con sus padres o sus abuelos.
Si, estoy Separado legalmente, y mis hijos ya mayores de edad, uno sigue estudiando fuera y el otro sigue en casa. Quería demostrar que viven otras personas en mi casa y eso no se como hacerlo.
Supongo que estarás separado legalmente, si no no entiendo que tenga ella la custodia y tus hijos el derecho de uso si no estás divorciado.
Puedes o bien solicitar el divorcio y la división de los gananciales, o bien una modificación de medidas porque tus hijos ya son mayores y no viven ahí.
Buenos días, que me podéis informar y como debo de obrar.
Soy separado y la vivienda está viviendo mis dos hijos, ya mayores de edad, 24 y 21 años, están estudiando en otra ciudad y su madre que tiene la custodia.
Ahora quiero presentar el divorcio. El motivo es el uso de la vivienda, es ganancial de ambos.
Resulta que en la vivienda, es utilizada en periodos de tiempo por su padres de ella, ya que son mayores. No se como puedo demostrar este uso que está haciendo, darme alguna orientación si alguno le ha pasado esta situación.Yo estoy de alquiler y me parece abusivo que yo tenga que estar pagando alquiler.
Gracias, espero vuestra ayuda