No es legal. El vendedor se queda sin nada y a cambio de nada (sin la vivienda y sin la reforma que has hecho sobre ella), por lo que la figura legal que corresponde ahí es la de una donación, no una venta. Si se realizara como una venta entiendo que sería una operación fraudulenta.
Sí que podrías hacerlo en dos fases: que te pague la reforma, con su debido pago de IVA, tú el IRPF que corresponda, y demás, y luego que te la venda por esa cantidad (pagando el ITP que corresponda y otros gastos de venta), teniendo en cuenta además que no se puede escriturar por un valor inferior al valor catastral multiplicado por un coeficiente que viene establecido anualmente por la comunidad autónoma.
Perdone pero no entendemos la pregunta. Vd. compra un piso y sin haberlo escriturado le hace una reforma. Y ahora dice que el coste de la reforma compensa al precio de compra, acordando que dicho precio de compra será el valor catastral??. Y la pregunta que le hacemos es ¿Qué es lo que cobra su vendedor?
Saludos
Me gustaría hacer una consulta sobre una duda que tengo. Resulta que mi jefe me venderá un piso por su valor catastral, he realizado una reforma integral y he pactado con él que dicho precio de la reforma me vale como pago del valor catastral del piso. Eso seria posible? Y que impuestos tendré
que pagar por el trámite?