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Vivienda uso turístico asturias

1 Comentarios
 
Vivienda uso turístico asturias
15/01/2025 03:48
Buenos dias

Yo tengo una licencia de Vivienda de Uso Turístico en Gijon desde hace 2 años y me gustaría saber si con la nueva ley ahora tengo que pedir permiso a los vecinos para seguir con la licencia? O si ya la tengo concedida, y en los estatutos no lo prohíbe, puedo seguir con la licencia como hasta ahora?
Muchas gracias

Saludos
15/01/2025 11:16
La LO 1/2025 introduce un nuevo apartado 3 en el art.7 que dice:
3. El propietario de cada vivienda que quiera realizar el ejercicio de la actividad a que se refiere la letra e) del artículo 5 de la LAU, en los términos establecidos en la normativa sectorial turística, deberá obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios, en los TÉRMINOS ESTABLECIDOS en el apartado 12 del art.17 de esta Ley.
El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice la actividad del apartado anterior, sin que haya sido aprobada expresamente, la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes, siendo de aplicación lo dispuesto en el apartado anterior.

Estos términos establecidos es que tiene que ser aprobada, esa autorización expresa, por los 3/5 del total tanto de cuotas como de propietarios. Y que no se aplica con carácter retroactivo.
Es decir, que aquellos propietarios en cuya vivienda ya se esté desarrollando la actividad turística legalmente, con todos los permisos administrativos en regla no se verán afectados por la novedad legislativa.