Bueno, lo primero es dejar claro que es cierto que este régimen puede provocar situaciones injustas si la relacion se rompe. No obstante el matrimonio y la sociedad de gananciales no se puede entender únicamente en conceptos meramente económicos tipo: yo aporto una vivienda, tu un coche, cada uno ha puesto 20.000 euros, yo gano 3.000 y tu 900. También hay que valorar el trabajo en el hogar, que según el Cc también es un concepto valorable economicamente, y de hecho el trabajo en casa es susceptible de indemnización puesto que es un acto que ayuda al sostenimiento de las cargas matrimoniales.
Pensemos que, por ejemplo, uno de los miembros de la pareja reduce su jornada laboral (no deja de trabajar fuera del hogar) para poder hacerse cargo de las tareas domésticas como llevar a los hijos al colegio, limpiar la vivienda, realizar la compra, hacer la comida, la cena, gestionar lo necesario y relativo a la casa (juntas de vecinos, cambios de suministros, etc). Todo esto conlleva un tiempo, que es economicamente valorable.
Evidentemente, en una relación matrimonial o de pareja son cosas que hacen para el buen sostenimiento de la familia, y se hace sin esperar nada a cambio, pero lo cierto es que si ninguno de los dos se hiciera cargo, habría que pagar a alguien para que lo hiciera.
En ese sentido el régimen de gananciales pretende igualar la situación económica de la pareja (tanto si hay ruptura como si no, porque no hay que olvidar que el régimen también se liquida cuando uno de los dos fallece).
Pero también tenemos que tener en cuenta que hay otros regímenes economicos para el matrimonio como el régimen de separación de bienes o el de participación, y en determinadas comunidades autónomas sus regímenes económicos propios de su legislación foral. Por ello, es importante que antes de contraer matrimonio las parejas se informen y asesoren qué régimen van a tener y qué alternativas tienen. Es más, el Cc deja libertad a los futuros cónyuges para que, mediante capitulaciones matrimoniales, fijen el régimen que consideren oportuno para sus relaciones economicas durante e incluso para después del matrimonio.
No hay que olvidar que el matrimonio no es sólo la unión de dos personas que se quieren y que lo celebran, sino que es un contrato que tiene consencuencias durante y después de su vigencia.
Hola AR. Una curiosidad. Dice "tiene sus beneficios y sus perjuicios". ¿Qué beneficios puede tener una sociedad de gananciales? Nunca he visto beneficio alguno... (bueno, quizá para la parte que gane menos dinero).
¿Pero existe algún otro beneficio?
Saludos.
Perdónome si resulto algo brusca, pero usted se contradice. Quiere compartir todo con su futura mujer, pero no quiere que eso le perjudique. Como toda actuación, tiene sus beneficios y sus perjuicios.
No obstante, le aclaro alguna de sus dudas:
1º La vivienda es privativa, y seguirá siéndolo, aunque si establecen allí su domicilio, se convertirá en el domicilio familiar, lo que posteriormente, en una ruptura, es importante de cara a pedir el uso de la vivienda tanto si hay como si no hay hijos en común. también es importante el hecho de que sea el domicilio familiar si usted pretendiera vender la casa, puesto que necesita el consentimiento de su cónyuge, aunque la vivienda sea privativa.
2º La hipoteca seguirá siendo suya, y sólamente suya. Por tanto, ante incumplimiento, tan sólo pueden reclamarle a usted.
3º Una vez que se casen en régimen de gananciales, lo que sí será ganancial es el dinero que ganan de su trabajo (ambos cónyuges), así como el dinero con el que paguen cualquier cosa que compren durante el matrimonio.
4º También se pagará con dinero ganancial las cuotas hipotecarias. Esto tiene importancia, porque ante la ruptura y posterior liquidación, su expareja podrá pedirle que le devuelva la mitad de las cuotas hipotecarias pagadas constante el matrimonio, ya que se han pagado con la mitad de su dinero.
Plantéese la opción de hacer capitulaciones y casarse en régimen de separación de bienes, ya que hay otras fórmulas para compartir, como por ejemplo, abrir cuentas conjuntas para los pagos comunes de los servicios de la casa, alimentación y ocio.
Estoy a punto de casarme y me asaltan varias dudas:
Yo tengo un piso a mi nombre, comprado hace un par de años, con mi hipoteca correspondiente. Mi futura esposa no tiene nada.
En teoria vamos a hacer bienes gananciales.
En el supuesto de que en un futuro nos separaramos, sin tener hijos, la vivienda al estar en bienes gananciales, seria legalmente de los dos, por lo tanto, si la vendieramos, tendria ella derecho a la mitad? Se podria ella negar a venderla?
Por otro lado, si en un futuro, siguieramos juntos , pero ambos nos quedaramos en el paro, y no se pudiera hace frente a la hipoteca, los dos quedariamos endeudados frente al banco? o solamente yo, ya que fui quien firmo la hipoteca?
Pongamos que vendemos la casa, que es de los dos, al ser en regimen de gananciales, con lo que nos dieran, cada uno se quedaria la mitad, y claro, como la deuda con el banco es mia, me quedaria yo endeudado mientras que ella se quedaria con su parte de la vivienda?
Todo esto viene a raiz de que a mi me parece bien hacer gananciales, porque considero que el matrimonio es compartir, no me parece bien que cada uno tenga lo suyo, para eso pienso que mejor vive junto, pero no te cases. Pero claro, en caso de que vengan mal dadas, no me gustaria verme abocado a la ruina, y que mi futura esposa se vaya de rositas.