Hola a todos, quería hacer uso del foro para haceros las siguientes consultas: Intentaré aportar la máx. cantidad de datos posibles para la interpretación del problema:
Mi mujer se ha marchado de casa con mi hijo de 21 años a casa de sus padres. No hemos tenido pelea ni malas palabras. Dice que no soporta más la situación económica. Estamos los dos en paro cobrando un subsidio de 400 €. y ayuda de familiares. Nuestras condiciones económicas y de formación académica son las mísmas. La vivienda familiar es de mi propiedad (la compré, pagué y escrituré antes de casarnos). Mi hijo está estudiando y aunque me sepa mal decirlo es muy mal estudiante, lleva repitiendo cursos contínuamente. Aún no tiene absolútamente ningún título. Tampoco trabaja ni aporta nada en casa. Otra de las razones por la que se han ido es la presión que ejerzo a mi hijo con el tema estudios. Dicen que lo tengo amargado.
Las preguntas son las siguentes:
1. Siendo la vivienda de mi propiedad, ¿pueden exigir u otorgarles el uso de la misma en un proceso de divorcio de forma contenciosa si llegara el caso?. O por el contrario al ser de mi propiedad con hijo mayor de edad y sin interés por nada (me duele decir esto) el derecho a la vivienda recaería en mi persona.
He leido jurisprudencia al respecto a favor de lo que expongo. Pero no lo tengo nada claro según el CC. "Estoy hecho un lio sobre la mayoría de edad de los hijos y su independencia".
2. ¿Que pasos he de siguir para no incurrir en errores y adelantarme a posibles acontecimientos por parte de mi mujer sobre el uso de la vivienda?
He estado indagando jurisprudencia al respecto a favor de lo que expongo y he encontrado : "Los hijos mayores de edad no tienen preferencia al uso del domicilio familiar aún siendo dependientes" Sentencia TS, sala 1ª de lo Civil pleno 624/2011 del 5 Septiembre sentó esta jurisprudencia la cual a sido de aplicación en otras sentencias, tanto en Juzgados de 1ª instancia como en el TS. Pero sigo sin tenerlo nada claro según el CC. "Estoy hecho un lío sobre la mayoría de edad de los hijos y su independencia", ya que soy neófito en estos temas, o mejor dicho desconozco totalmente este tipo de procedimientos ya que nunca me he visto en tales tesituras.
Por favor, necesito una contestación (del primer post) de algún experto Abogado de familia o alguien que tenga conocimientos.
Por otro lado, ¿cómo demuestro que mi mujer se ha ido de casa y no vive en la misma?. ¿Contratando los servicios de un Notario?. Alguna sugerencia más?