Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho. Así de claro lo establece el C.Civil.
Hola, somos cinco hermanos que hemos heredado una viviemda.me gustaria saber si los cinco podemos tener acceso a la vivienda, el caso es que yo la utilizo dos horas al dia para comer ya que esta cerca de mi trabajo y mis hermamo no estan deacuerdo y la han cerrado.eso es legal?gracias por su ayuda