Estoy casada hace unos tres meses en regimen de bienes gananciales. El caso es que el piso donde vivimos lo adquierió mi marido antes del matrimonio y actualmente tiene una hipoteca de 28 años. El caso es que ahora estamos pagandolo entre los dos (aunque en la escritura aparece solo su nombre). Tengo entendido que al estar en regimen de bienes gananciales y al estar la vivienda habitual sin t erminar de pagar y aunque el aparezca solo en la escritura a mi me pertenece la mitad de ese piso (Tanto en ganancia como en deber de pagar la hipoteca) desde la fecha que se produjo el matrimonio, lo que el ha pagado antes es de él y a partir de la fecha del matrimonio es de los dos) aunque yo no aparezca en la escritura. ¿Esto es asi, o deberíamos cambiar algo en la escritura?
Esto lo hemos sacado del código civil pero no estamos seguros
Gracias
la vivienda, hoy domicilio conyugal, es privativa, es decir, el propietario a todos los efectos es tu esposo.
Si tú quieres ser propetaria, es decir, titular de la vivienda, debería de venderte, la mitad de la vivienda, el 50% de la parte que corresponda a la hipoteca... dependerá de vosotros. Así sereis los dos titulares en el % que resulte de vuestra decisión.
Si os separarais, (me imagino que es el origen de la consulta), la vivienda sería de tu esposo y el debería de resarcite, (vía liquidación de la sociedad de gananciales), la mitad de lo pagado en concepto de hipoteca actualizado con el IPC, simplmente.