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Vivienda habitual

3 Comentarios
 
Vivienda habitual
01/03/2013 17:29
Hacienda me ha enviado una carta notificándome que debo presentar una serie de documentos correspondientes a 3 años, tales como facturas de agua, luz...y sus justificantes de pago, certificado de , empadronamiento, copia de las declaraciones de años anteriores, etc. Dicha vivienda la declaré como vivienda habitual y sólo tuve que pagar el 3,5% del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. La cuestión es que en esos años residí muy poco en dicha vivienda. Mi trabajo y mi familia los tenía en otra ciudad. Me falta documentación como las facturas de la luz porque en esa época aún no había hecho el cambio de titular, pero sí las tenía domiciliadas en mi cuenta. El certificado de empadronamiento sí lo poseo, lo solicité en los 12 primeros meses. ¿Es seguro que me sancionen o hay alguna manera de que no lo hagan?. Estoy asustada. Gracias
02/03/2013 18:27
Yo creo que si no has residido en esa vivienda, difícilmente podrás acreditar que es tu vivienda habitual. En tal caso, tendrás que devolver lo desgravado en los ultimos 4 años más sus intereses, más probablemente una sanción que dependerá de cúanto sea lo que tienes que devolver (frecuentemente la sanción es el 50%, con algún descuento si pagas sin recurrir).
03/03/2013 14:12
He estado en mi casa más que nada algunos fines de semana. Mi consumo de agua y luz no es alto, pero sí consumí. No sé si demostrando que por aquel entonces trabajaba en otra ciudad y eso me impedía pasar más tiempo en casa serviría de algo. Por esa vivienda aún no he empezado a desgravar nada. Tuve otra anteriormente por la que sí desgravé y cuando la vendí me compré esta última. Me dijeron en Hacienda que hasta que no pasaran unos años no empezaría a desgravar por la última.
03/03/2013 23:13
En ese caso me imagino que el problema es que no tributaste por la ganancia patrimonial obtenida en la venta de la anterior vivienda por acogerte a la reinversión en otra vivienda habitual. Y seguramente el fisco se ha "mosqueado" porque la vivienda que compraste no constituye tu vivienda habitual, por lo que te harán pagar por aquella ganancia patrimonial los intereses probablemente alguna sanción.