Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vivienda en rustico derribada

5 Comentarios
 
Vivienda en rustico derribada
08/04/2008 11:51
Hace unos días ,fué derribada una vivienda por orden judicial y que se encontraba enclavada en plena Sierra en la comunidad Andaluza. Al parecer ofrecia un impacto visual al verse desde la capital.
Mi cuestión es la siguiente:
Poseo una construcción que se hizo el 2004,en una Urbanización de la Sierra y en una Urbanización cercana.En ningún momento se me ha notificado apertura de expediente alguno, pero me consta por lo obreros que la construian ,que la construcción fue visitada por la policia local en varias ocasiones,tomando nota y comentando que volverian a ver como seguia la construcción.
Esta urbanización tiene alrededor de 400 viviendas y todas hechas de la misma manera,es decir terminando laobra y pagando una sanción al Ayuntamiento.
El pasado año y en pleno del Consistorio fue aprobado inicialmente en un Plan de Mejora del Medio Rural y Saneamiento, para su legalización.
Si me notificaran la apertura de expediente sancionador entendiendo que se está procediendo mediante este sistema a la legalización de todas las viviendas que existan en estos momentos,se me podría sancionar y solicitar orden de derribo,aunque el tema fuera al juzgado?.
Gracias por vuestras aclaraciones.
12/04/2008 23:10
Esa cuestión, tiene muchos matices.
Lo primero es saber la fecha de la última visita de la policía y si ha habido notificaciones, bien sean directas, con acuse de recibo, o a través del B.O.P., ya sea por publicación físoca o virtual (internet). En este último caso se puede averiguar sabiendo utilizar los mecanismos de la publicación virtual.
Si han pasado más de cuatro años, hay muchas viviendas en las mismas condiciones, etc. A veces, los políticos intentan dar (redundancia) una solución política, ya que ningún alcalde desea causar grandes tragedias a su población, pues comprende que está tratando con padres de familia que tienen allí su vivienda, en este caso 400 familias. Si todas están en la misma situación, yo dormiría tranquilo en lo refernte a derribos y sanciones. Cuestión bien distinta, es que se generen unas cargas urbanísticas llegado el momento.
Así que, tranquilo. Relájate.
Un saludo.
15/05/2008 14:39
para cmcjmhr:
Disculpa que no haya podido atender antes tu respuesta,pero ha sido por una intervención quirurgica.
Como bien dices a ningún politico le gusta hecharse encima una eventualidad como esta de tener que derribar nada, pero tambien te digo que siempre hay que coger una cabeza de turco para poder de alguna manera parar todo es boom.
El problema está en que siga por esta linea y siga cogiendo a los últimos que edificaron.
Personalmente no he recibido notificación alguna,pero desconozco si ha sido publicado en el BOP.Si hubiera sido publicado expediente de sanción mediante este sistema la prescripción seria de cuatro años a partir de dicha publicación o por el contrario ya no tiene prescripción.
saludos..
19/05/2008 14:57
Lo habitual, es que empiecen a sancionar por las edificaciones que, o bien sean de construcción reciente, o se estén construyendo actualmente.
Puedes mirar si tu nombre ha salido en el BOP de tu provincia. Existen recursos electrónicos para que te busques. Si, por tus medios, no encuentras la forma de hacerlo, llama al tfono. de información que, si hay suerte, te atenderán.
Si no has entrado nunca el el BOP de tu provincia, te indico como hacerlo:

bop [tu provincia] y [enter]
Pinchas dos veces y,.... ya está
Suerte
19/05/2008 15:20
Para serdolly:
El mensaje anterior, también va a tu atención. Se me olvidó poner tu nombre.
En Andalucía, se contemplan los siguientes aspectos que te pueden interesar:

- El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa del procedimiento sancionador será de un año a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación.
- Las infracciones urbanísticas graves y muy graves prescriben a los cuatro años y las leves al año.
Si quieres empaparte, entra en:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-l7-2002.html

Das al botón dcho. del raton, copiar y pegar en el navegador
21/05/2008 19:27
para cmcjmhr:

Muchas gracias por tu información,intentaré entrar en la pagina del "BOP", a ver si hay alguna información sobre algún expediente icoado por sanción.
De todas formas espero que se entretengan con otras cosas y dejen un poco de lado estos temas.
Reitero mi agradecimiento.
Saludos.