Si la comunidad no ha dado permiso para nada, la comunidad no tiene porque ser responsable de nada.
El tema de la bajante, no sirve aqui para justificación
Claro que me preocupa, es ahora que soy presidenta de la comunidad cuando he podido ver realmente la situación. El tema de no pagar se resuelve, a unas malas, con una reclamación de cantidades en el juzgado. Es algo sencillo, vaya, suponiendo que haya de donde embargar que suponemos que sí.
Pero el tener una vivienda en un sitio que no cumple con los mínimos exigibles, pues no se qué problemas puede traer al resto. Ya hubo que pagar antes de venir yo una derrama para arreglar un tema de bajantes, que es algo normal, pero quería saber hasta donde tiene que responder la comunidad ante una vivienda ilegal y problemas que le puedan salir por estar donde no se puede.
Si ahí no dan cédula es por algo.
No llego a entender su preocupacion por una persona que tiene una vivienda que no tenga cedula de habitabilidad.
Tanto le preocupa eses tema que al fin y al cabo a usted no le perjudica y en cambio segun usted esa persona no paga comunidad y ese tema de momento no importa?
Algo raro subyace en su pregunta, ¿que es?
Con respecto a la Comunidad, habría que estar a lo que especifique la escritura de división horizontal, en cuanto al uso asignado a ese local.
Cambiar el uso asignado, conllevaría la necesidad de un acuerdo tomado en Junta, por unanimidad.
Pues no sabría decirlo, porque llevo solo unos meses, así que a saber. Me van a dar el libro de actas en estos días así que le echaré un vistazo.
Aún así, a la comunidad le afecta en algo si ellos no tuvieran cédula? Supongo que estarán obligados como el resto a pagar comunidad, que es lo principal, y hay que responder ante problemas igual que con el resto.
Según la mayoría las Normas Urbanísticas de la mayoría de municipios, el uso de viviendas en planta de sótano, está prohibido.
Es probable que incumpla las mayoría de las normas, en especial la de ventilación de las distintas estancias.
Eso lo deben consultar en el Ayuntamiento, donde probablemente no concedan la cédula de habitabilidad.
¿Acordó en algún momento la comunidad al propietario, el cambio de uso, tomado en Junta General?.
Para la comunidad no tiene ninguna consecuencia, deben seguir con las mismas pautas que si se sería local, unicamente tendría algún problema con los seguros en caso de siniestro por incendio.
Pues debería, pero no lo hace. Eso ya se le reclamará, pero no se si tiene consecuencias hacerse una vivienda en un sitio que no está habilitado para eso
Hola,
En nuestro edificio había un local en el sótano que se utilizaba como taller. En un tiempo determinado se reformó como vivienda pero creemos que no tiene cédula de habitabilidad. ¿Se puede averiguar de alguna manera?
En caso de no tenerla y no estar el uso cambiado a vivienda, ¿la comunidad tiene las mismas responsabilidades que respecto al resto de viviendas? Por ejemplo, si tuviera problemas de humedades, desagües, etc. ¿Se podría denunciar esta situación y que consecuencias tendría?