Respecto a la vivienda si ésta ha sido el hogar familiar, otorgarán el uso y disfrute de la misma al hijo menor(interés mas necesitado de protección), a pesar de que si la casa fue adquirida antes del matrimonio sea un bien "en principio privativo", pero si a partir de 1997 se ha pagado con dinero ganancial..., es posible que discrepes con tu cónyuge en la liquidación de la sociedad.
Pues con casi toda seguridad el uso de la vivienda se la van a adjudicar a tu hijo y a tu mujer hasta que éste sea independiente económicamente. Tu seguirás pagando la hipoteca y además tendrás que pasarle una cantidad en concepto de alimentos.
Eso con respecto a la vivienda. Desconociendo la situación económica de cada uno, sería dificil determinar si además pudiera corresponderle pensión compensatoria a tu esposa.
estoy casado desde el año 97, habia adquirido anteriormente una vivienda que únicamente esta a mi nombre (con su hipoteca también únicamente a mi nombre) ¿que sucedería con ella en caso de separacion si tenemos un hijo y régimen gananciales en sevilla?