Hola, no se si me podéis ayudar.
He ido a la notaría, para poner mi casa a nombre mío también porque cuando la compramos antes de casarnos se puso a nombre de mi marido.
Él tiene una hija de su anterior matrimonio y nosotros uno en común.
Yo quiero que en caso de pasarme algo o a mi marido... que mi parte (el 50%) sea para mi hijo y la parte de mi marido al 50 % cada uno.
Al leer el notario la nueva escritura, ha dicho que en caso de disolución de la sociedad matrimonial, la aportación del que aporta el piso a la sociedad sería reintegrado en su totalidad.
Si nos morimos uno de los dos, a mi hijo no le queda mi parte?
Disculpa, tal vez estoy un poco espesa a estas horas, pero no entiendo muy bien qué negocio juridico habeis llevado a cabo.
si la vivienda se compro antes del matrimonio y se puso sólo a nombre del marido, la vivienda es privativa suya. Si ahora quereis que sea al 50% de ambos (dicho de otra manera, que pase a ser propiedad de la sociedad de gananciales), tu marido tendria que hacer una donacion a dicha sociedad, o una compraventa... entonces no entiendo eso de que, si se hace una donacion a la sociedad de gananciales y dentro de 5 años dicha sociedad se disuelve, la aportacion que hizo el conyuge en cuestion le revierta de nuevo en su totalidad... para eso no veo sentido hacerlo, la verdad
Supongo que se refiere a una aportación privativa a la sociedad de gananciales a título oneroso (no es una donación). La vivienda será de ambos pero en caso de divorcio volverá al marido como bien privativo.
Buenos dias,
Vamos a ver, si eso ya me lo imagine... lo que yo queria decir es que no entiendo por qué lo han hecho asi. Si lo que ella quiere es asegurar la herencia de su hijo, hacer una aportacion a titulo oneroso no le veo mucho sentido, ya que si ella fallece antes que él, la sociedad de gananciales se disuelve, y él puede reclamar el importe de lo aportado, con lo cual, el hijo de ambos, no heredaria, necesariamente, la parte que le corresponderia a la madre si el bien fuera ganancial puro (por asi decirlo).
Como decimos por aqui "para ese viaje no se necesitan alforjas", eso es, ¿para que gastarse dinero en escritura publica, si en caso de disolucion de la sociedad de gananciales, el marido va a poder recuperar para si mismo, como privativo, el bien que ahora aporta? Eso es a lo que me referia que no entendia, el por que lo habian hecho asi
Efectivamente, no es la manera de hacerlo. Tendrían que hacer una donación a título gratuito (pagando impuestos), pero entonces en caso de separación ella se quedaría con la mitad de un bien que no es suyo, por lo que si yo fuera el marido no lo haría ni de coña.
Si están de acuerdo y de lo que se trata es de dejar 1/4 de la vivienda a la hija solo del padre, y 3/4 al hijo común, no tienen más que hacerlo así en el testamento del marido, que es perfectamente viable, con el usufructo de la madre, o lo que sea.
El hijo de la mujer de todas maneras siempre heredará, porque es hijo del marido también, ya es cuestión suya si debe heredar más que la otra o no, porque realmente no es "su parte" si la vivienda era privativa del marido. Si se ha pagado la hipoteca en gananciales sí, entonces una parte será de ambos y heredarán esa parte ambos hijos en la forma en que dice.
Lo de donar la mitad de tu vivienda a tu conyuge es cosa de cada uno, yo lo hice en su momento, y, efectivamente, cuando nos divorciamos, no recupere el dinero de esa vivienda (tampoco era tanto porque en realidad lo que hice fue vender una vivienda privativa con hipoteca para comprar otra ya en regimen ganancial). Pero lo hice asi porque queria que mi marido fuesa propietario al 50% sin condiciones... y a dia de hoy no me arrepiento (bueno, ese es mi caso y no viene a cuento jajaja)
De la redaccion del post inicial yo deduzco (pero es simple deduccion, probablemente equivocada) de que a la mujer "se la estan metiendo doblada"
Ella hace referencia en todo momento a la vivienda como si efectivamente fuera de ambos, o sea, como si la hubieran pagado ambos, pero al escriturarse cuando aun no estaban casados, se escrituro solo a nombre de uno, y ahora, para "maquillar" el tema, se hace esa aportacion a la sociedad de gananciales. En ese caso, esta haciendo el primo
Claro que podria ser al reves, que la vivienda la pagase integra el marido y ella al casarse con el y tener dicha vivienda como vivienda habitual, quisiera asegurarse de que le "tocaba" una parte en caso de divorcio o fallecimiento...
Yo también hice algo parecido, aunque en pareja de hecho que es peor, poner la pasta en una vivienda a nombre de ambos. No eres la única "pringada" (con todos los respetos, por supuesto) que no piensa que en el futuro se puede llegar a separar ;)