Buenos días: Me gustaria que me pudieseis aclarar una duda que tengo. Mi marido y yo teniamos un piso alquilado a nombre de los dos, cuando yo presente la nulidad matrimonial, dado que este señor se casó conmigo por papeles y quedó probado al marcharse de casa 5 días después de la boda, este señor me amenazó con llevarse a mi hija ( de una relación anterior ) a su país. Lo denuncie y tuvimos la vista premililar, dos días despues, me volvio a llamar y me dijo que se habia instalado en el piso ( donde nunca había vivido) y que había cambiado la cerradura y volvio a amenazarme, pero esta vez de muerte. Volví a denunciarlo y me concedieron una orden de alejamiento cautelar de 200 mt. Resulta que el piso donde reside este señor está a 170 metros de mi domicilio y por consiguiente, se está saltando la orden solo con poner el pie en la calle, y no solo eso, si no que se dedica a dar vueltas con el coche por toda zona, poniendo como excusa que no encuentra aparcamiento. Llamé al mediador de la la UPAP y me dijo que podia denunciarlo, pero que en el juzgado me iban a decir que no había intencionalidad y no iba a quedar en nada.... ¿ Qué se supone que puedo hacer yo? ¿Quedarme en mi casa, no llevar a mi niña al cole o al parque que esta a 50 metros ??? ¿ Es verdad que si denuncio no le va a pasar nada?? Gracias
El piso donde vive él lo alquiló a posteriori de que le denunciases, o es que se quedó en el piso de ambos y tú alquilastes otro a 170 metros?
De todas formas si él pasa por las inmediaciones de tu domicilio, le puedes denunciar perfectamente y la condena es casi segura.
No soy jurista.
Si después de concederte la orden de alejamiento ,él se fue a vivir a ese piso, está quebrantando la orden, lo cual podría suponer , su ingreso en prisión. Asegúrate que le notificaron la orden de alejamiento y lo mejor sería denunciarlo.