La disfrutaria por ser la custodia hasta que sus hijos fueran independientes economicamente, aunque cada vez se estan dando mas frecuentemente tanto este uso y las pensiones compensatorias durante un tiempo estipulado por el juez, nunca tendria la propiedad de la vivienda ya que es un bien privativo del marido.
A la madre le darán la custodia, la patria potestad es de los 2 padres. Tendría la posesión hasta que los hijos fueran económicamente independientes (vamos que no la podría vender).
Hola a todos y gracias de antemano por vuestras respuestas:
Un matrimonio en régimen de gananciales en el que el marido recibe una vivienda en donación de sus padres, bien privativo no afecto a la sociedad, pero que acaba siendo el único domicilio conyugal. En caso de divorcio, si la madre recibe la patria potestad de los hijos, puede quedarse en la vivienda que ha recibido su marido aún siendo un bien privativo suyo? Tendría la propiedad de la vivienda o únicamente la posesión hasta que los hijos crecieran?