En el año 1990 construi una vivienda en terreno rustico que disponia de los siguientes servicios; luz, agua potable y desagüe todo ello conectado a la red municipal y acceso rodado. El ayuntamiento me concedio licencia urbanistica alegando al colegio de arquitectos que la parcela disponia de los servicios anteriormente citados y que estaba previsto por este ayuntamiento incluir la parcela en una ampliacion del casco urbano. Yo construi la vivienda realice la escritura de obra nueva y se registro en el registro de la propiedad, sin niguna clausula de infraccion urbanistica. En el año 1994 el ayuntamiento redacta las normas subsidiarias y no incluye la parcela en urbano como estaba previsto. Ahora estoy dentro de un sector que es urbanizable y pretenden que pague los gastos de urbanizacion como los demas propietarios que no disponen de ningun servicio. ¿Al tener mi vivienda totalmente legalizada, es legal que yo tenga volver que pagar servicios que ya tengo? ¿Tengo que hacer cesiones al plan parcial? Que solucion seria la justa. Gracias por vuestras opiniones