Buenas,
Soy propietario de un chalet adosado desde hace muy poco, el cual linda a derecha con otro chalet en estado de abandono, debido al paso del tiempo y no ocuparse nadie de esa vivienda, tiene filtraciones y nos esta creando humedades.
En este tiempo estado recavando información con vecinos y por mi propia cuenta, se trata de una vivienda que lleva abandonada 24 años los cuales no se a visto a nadie pasar por alli.
No se puede sacar nota simple de la vivienda, porque no esta registrada en el registro de la propiedad, pero a través del catastro y de pedir un certificado descriptivo y grafico de mi vivienda, se puede saber los propietarios que lindan conmigo.
En este certificado acredita que la titularidad principal de dicho inmueble que os comento se encuentra en investigación, articulo 47 de la ley 33/2003 y domicilio fiscal es el registro general de la delegación de hacienda y economía,
Según el buscador de hacienda de investigaciones en curso sobre bienes inmuebles esta propiedad no aparece en curso, pues puede ser que lleve ya tiempo prescrita y abandonada por la adminstracion.
Entonces mi pregunta, me gustaria comprar esta vivienda, se la podria comprar al estado? en tal caso como seria el procedimiento?
Si no se pudiera comprar, otra solucion seria hacer una usucapion de esa propiedad y restaurar esa vivienda y darle uso personal?
Que soluciones tengo?
Muchas gracias.
Aunque esta pregunta no pertenece a herencias y sucesiones, sino al derecho civil general, tiene usted que empezar con sus propias escrituras, donde le dice que, o bien está usted en propiedad horizontal con respecto al inmueble colindante (del que aparecen todos los datos de titularidad) o bien su parcela, la de usted, está segregada de una mayor de la que proviene también la del vecino; en cuyo caso también le aparecen los datos personales de sus escrituras. Si su parcela está segregada, pida un historial de su finca y llegará a saber a quién le segregaron la del vecino. Por el contrario, si está en propiedad horizontal por no ser la parcela lo suficientemente grande, hay una escritura de división de la propiedad horizontal donde le aparecerán los datos. En fin, vaya a quien sepa hacer la investigación en condiciones, porque lo de Hacienda no lo ha sabido interpretar correctamente y lo de la usucapión no pinta nada en este asunto.
Gracias por su respuesta. Aunque no entiendo porque me habla de segregaciones. Son chalet adosados y cada uno tiene su propio perímetro vallado, mi terreno no esta segregado. Lo del catastro solo ne muestra la titularidad de los vecinos colindantes y su parcela con sus medidas correspondientes. No tiene mucha pérdida. No creo que yo haya malinterpretado nada. Corrigeme si me equivoco. Gracias.
A lo que se refiere el abogado es que los chalets adosados cuando se construyeron se construirán sobre una parcela o varias y después la constructora hizo la división para vender los chalets individualmente, por eso le indica que pida el historial.
La segregación tiene como consecuencia que cada finca tiene una inscripción independiente, y la de propiedad horizontal presupone que hay una organización de fincas urbanas que comparten elementos comunes. En el primer caso, el de la segregación, una persona puede plantearse que el abandono de una finca pudiera ser el origen de un título de ocupación y posterior adquisición; pero en la propiedad horizontal, aunque es posible, vendría a ser el del vecino que quiere hacerse con el tercero A porque lleva mucho tiempo vacío. Para saber quién es el vecino de al lado, usted tiene unas escrituras donde le pone el nombre, que son los linderos: linda a norte con camino, al este con fulano y por frente y entrada con zona ajardinada (por ejemplo) y en esa descripción es donde aparece el nombre de su vecino. Puede pedir una nota simple online y le aparecerá el titular de la finca si está ejecutada la hipoteca, si es del banco o qué es lo que ha ocurrido. De ninguna manera puede usted usurpar la propiedad de un vecino, porque eso tiene un dueño.
Hola, yo tengo una situación muy similar, pero en mi caso se trata de una casa vieja. En mi caso esta casa no está registrada en el registro de la propiedad, y desde el catastro la información que me dan es que los o el titular está investigación. Yo tengo un montón de problemas porque la casa se está cayendo y nadie se preocupa de ella, me comuniqué con una persona que podía estar relacionada y cuyo domicilio coincidía con el aportado por el registro como último pagador del Ibi pero dicen que ellos ya han rechazado la herencia y que no saben nada. La única manera que tengo de arreglar mis desperfectos es arreglando su tejado y pared puesto que nadie se hace responsable. A mi me gustaría al menos adquirirlo, pero no aparece nadie como responsable, ¿podría usucapirla? en caso de que sí ¿debería crear un acceso desde el interior de mi casa para poder adherirla y arreglar principalmente el tejado (que se cae a cachos)? si alguien puede decirme algo... o ponerme su contacto para contactar con alguien especializado para poder solventar esta situación. Muchísimas gracias.
La usucapión exige poseer de buena fe y con justo título, y ese nunca será su caso porque usted sabe que la casa no es suya. A no ser que esté dispuesto a esperar treinta años.
Hay una opción mejor: comunique a la Hacienda Pública que ahí existe una herencia abandonada, y así de paso se ganará usted el premio del 10 % del valor que recibe el denunciante. A continuación Hacienda subastará la casa, vaya a la subasta y cómprela.
Y una tercera opción más liosa y larga: demande a los desconocidos propietarios por los daños que usted sufre en su casa, el juzgado los notificará por edictos y no aparecerán ( o si): gane el juicio y pida la ejecución, llegará así a la subasta judicial del inmueble: concurra a la subasta, puje y adjudíqueselo.
Investigaré lo que me comenta, el proceso de denuncia, etc. (no estoy muy familiarizada con estos asuntos) por lo que se ve, en principio es lo más sencillo y rápido. Muchas gracias de nuevo por su respuesta, me es muy valiosa.