Buenas tardes, os comento mi caso:
Tengo 32 años, soy soltera y tengo una hija de 6 años. El padre de la niña y yo estamos separados pero nunca nos hemos casado.
La situación de la niña se ha resuelto amigablemente y hemos redactado un convenio colectivo donde se me atribuye la custodia de la niña y un régimen de visitas para él. Hasta aqui todo correcto.
Tenemos una vivienda en común, al 50% en la hipoteca y al 50% en propiedad. En la sentencia, se me atribuyó el uso y disfrute de la vivienda junto a la menor hasta que se encontrara una solución para la casa.
De la hipoteca se debe mucho dinero aún, y el padre no paga la hipoteca.
Yo pago la hipoteca al 100% hace casi 4 años, y el padre se niega a llegar a un acuerdo para solucionar el tema de la casa.
Al llevar pagando 4 años la hipoteca por mi cuenta (Mi parte y la suya),
¿podría disponer yo de un mayor porcentaje de propiedad? Y así poder decidir sobre la propiedad ya que él no pone de su parte.
Me gustaría saber, ¿Que consecuencias hay de no solucionar el tema de la casa ahora? Restan unos 27 años de hipoteca aún.
¿Si sigo pagando la hipoteca al 100%, el día de mañana, puedo solicitarle que me abone lo impagado si quiere conservar su parte de la propiedad?
¿O puedo ofrecerle que me abone su mitad de hipoteca en forma de porcentaje de propiedad?
Hay veces que se le cruzan los cables y me amenaza con echarme de la casa cuando la niña cumpla la mayoría de edad.
¿Como se suelen solucionar este tipo de temas con viviendas?
Ya que he intentado llegar a acuerdos con él y no hay manera...
Convenio regulador, no colectivo. El convenio colectivo es de derecho laboral.
Sobre la vivienda; no existe la forma de asignarte su parte de propiedad tú por tu cuenta, sin más, porque no te haya pagado algo; solo hay variación de la propiedad cuando lo establece un notario o un juez mediante algún tipo de transmisión (extinción de condominio, compraventa, embargo, o lo que sea). No tendría que reclamar nada en un futuro "si quiere conservar su parte", porque su parte legalmente según escrituras es suya y no puedes apropiarte tú de la propiedad sin más. Quiero decir: eres tú la que tiene que reclamar, no él. El medio adecuado entiendo que sería una reclamación de esas cantidades, mediante derecho de repetición de una deuda solidaria (art. 1145.2 del CC). Si aun así siguiera sin pagarlo, como con cualquier otra deuda en reclamación judicial, podrá haber embargo, y eventualmente sí que podrías llegar a "cobrarte" en porcentaje de propiedad de la vivienda, pero mediante embargo de su parte de esa propiedad, siempre por ejecución por parte del juez.
Otra opción para resolver la situación antes sería comprarle su parte, si es que no quieres vender la vivienda. Podría hacerse de mutuo acuerdo en extinción de condominio, o si no mediante división de la cosa común. Se descontaría del precio el valor de la hipoteca, que si dices que queda mucho el valor a pagar por parte del que se lo quede no sería tanto, y lógicamente tendrías que pagar tú la hipoteca sola en adelante (algo que ya estás haciendo), pero de una vivienda que sería ya enteramente tuya, no de ambos, como ahora.
Saludos.
Mi consejo es que vendáis la casa, repartais lo que quede en positivo y ahí le reclames el 50% que le has pagado. Posteriormente, te compres una casa tú sola y así no tienes más problemas.
Es lógico que él no quiera pagar una casa en la que no vive.
¿Le has propuesto la venta de la casa?
Paquito chocolatero: gracias por la respuesta, es convenio regulador efectivamente jaja.
En el supuesto de que el banco aceptase mantenerme a mi como única titular de la hipoteca (cosa que dudo), aunque tengo trabajo estable, mi sueldo es inferior a los 1000€, tendría que llegar a un acuerdo con él y no quiere. Debido a los costes de cambio de titularidad de hipoteca, de la propiedad, hacerlo de buena fe ahora mismo se complica.
Sé que no puedo apropiarme de su porcentaje de propiedad así sin más, evidentemente esto terminará en una demanda por impago por su parte y que el juez decida sobre la situación.
Mis consultas eran por saber qué camino tomar, ya que como digo, al deberse tanto de hipoteca me temo que la solución no será algo a corto plazo y tenía la incertidumbre de que como proceder al tener que pagar la hipoteca yo sola.
Pitupitu88: Gracias por tu respuesta, no es algo factible ya que la propiedad está valorada muy por debajo de lo que resta por pagar de hipoteca, por lo que l venta ahora mismo sería quedarme sin casa y con una deuda de unos cuantos años.
Entiendo la postura de “es lógico que no quiera pagar una casa en la que no vive”, pero no la comparto, en la casa vive y pernocta su hija durante 26 días al mes, por la que únicamente paga una pensión de alimentos impuesta por un juez. Además de la hipoteca yo me hago cargo de los gastos de la propiedad como contribución, basura, ecotasa, comunidad.
Ya no es el hecho de no pagarla porque no vive aquí, sino por la simple cuestión de que él firma una hipoteca y un compromiso con una entidad bancaria, de la que uno no puede desentenderse “porque le da la gana”.
Esto deriva en que yo no puedo dejar de pagar (su parte incluida) ya que el embargo posterior por parte del banco (el banco solo quiere recibir su dinero, da igual de dónde salga el dinero, si de su bolsillo, del mío o del de ambos) nos afecta a ambos y la pérdida de la casa a la larga.
Si te quedas la casa en extinción de condominio el banco no tiene ni por qué enterarse si no queréis, a él ni le va ni le viene, no es necesario que la hipoteca esté solo a tu nombre para que te quedes con la propiedad de la casa. Si te pones la vivienda a nombre tuyo la responsable del pago de la hipoteca serás solo tú. Podría tasarse la vivienda por el mismo precio que quede de hipoteca, y no tendrías que pagarle nada en ese caso, ni habría ganancia patrimonial en IRPF, ni impuesto de plusvalía municipal; sí que habría algo de gastos en notario e impuesto de AJD, únicamente. Es cierto que en caso de que no pagaras podrían reclamarle el dinero a él (seguiría siendo titular de la hipoteca, es decir, avalista), pero él luego te lo podría reclamar a ti; es decir, lo mismo que sucede ahora, pero al revés, que tienes que reclamarle a él lo que te toca pagar si él no lo hace.
Las opciones más o menos son esas, o pagas tú como estás haciendo, y le reclamas el dinero judicialmente, o te quedas la vivienda, que en ese caso te podría reclamar él en caso de que tú no pagaras, aunque la diferencia es que sería mucho más difícil que eso pasara porque antes se embargaría la vivienda y eres tú la interesada en que no suceda (a él parece que le dé igual si la embargan).
Yo, personalmente, me quedaría con la vivienda, pero por supuesto es cosa tuya y de que te salgan o no las cuentas. Si no puedes pagar tú sola la hipoteca, pues no hay nada más que hablar, pero si sí que puedes es una alternativa que puede ser interesante para ambos: él para no tener que pagar una vivienda donde no vive (aunque sí su hija, y veo normal que la pague, siendo además una propiedad que va adquiriendo, no es dinero perdido sino que recuperará cierto valor en el futuro, pero puede interesarle legítimamente no hacerlo), y tú para no tener que estar detrás de él para que pague la vivienda donde vives, teniendo que pagarlo tú y reclamando cuando no lo hace. Pagas lo que es tuyo, y ya está. Es decisión tuya (o vuestra).
Suerte.