Buenos dias, querría por favor que me asesoraran porque no sé si es correcto lo que quiero hacer.
Tengo una vivienda a nombre de dos titulares solteros. Uno de ellos hace más de cinco años que no paga su parte de la hipoteca, por lo que la estoy pagando yo. Ha llegado un embargo en la vivienda por parte de la otra titular por lo que se ha pactado: yo voy a asumir la carga de la vivienda y he hablado con la otra parte y está dispuesta a realizar una extinción de condominio porque no quiere saber nada, pero eso no se puede hacer hasta que no este pagada la carga de la vivienda verdad?
Entonces, si eso fuese asi, podríamos redactar un documento privado firmado ante notario, que yo voy a pagar la carga y que ésta persona se compromete a pagarme ese dinero en cuánto su situación económica mejore??
Puede usted hacer la disolución de condominio cuando quiera. Es irrelevante que haya un embargo, hipoteca o cualquier carga; si bien usted tendrá que asumir las respectivas cancelaciones, o le subastarán la casa. Los papeles privados no existen ante notario, que precisamente los hace públicos. Vayan mañana a notaría y quédese con el 100% de la vivienda.