Si es factible la venta de un bien perteneciente a un menor por parte de su padre pero, para ello, deberá acreditar la necesidad de dicha venta y solicitar autorización judicial por los trámites de la jurisdicción voluntaria (arts. 2.011 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1.881) En este caso, habrá que observar si en la disposición testamentaria de la abuela de los niños no se dispuso nada en contrario y, en todo caso, habrá de justificarse el producto de la venta y su inversión en beneficio de los menores.
Un saludo.
Necesito me informen si un viudo puede vender la casa en la que vive, propiedad de sus hijos ( meno-res), al morir la madre de los niños la abuela materna propietaria del piso lo puso a nombre de sus nietos. El viudo se va a casar otra vez y quiere comprar una casa mayor a medias con su novia, puede vender la casa a nombre de sus hijos
( siguen siendo menores) alegando que necesita una casa mayor, que es mejor para sus hijos por situacion, calidad de vida...