Hola anasol,
Si se cumplen los requisitos exigidos para ello, si percibiría pensión de viudedad, desde el 1 de enero de 2010, la pensión de viudedad no puede ser superior a la pensión compensatoria.
Un saludo,
Hice la pregunta en 2015 y aún no se ha aclarado totalmente mi duda. ME REFIERO AL CALCULO PENSIÓN VIUDEDAD. La hacen por lo que recibo de compensatoria o también por el tiempo que estuve casada con arreglo al sueldo de el?
si tengo la compensatoria, pero queria saber si la paga de viudedad seria por lo cotizado por mi marido durante esos 20 años, o, seria por lo que cobro de compensatoria?
Si sigue usted casada y su esposo ha cotizado, sí.
Como habla de ex, suponemos que hay divorcio. En ese caso le correspondería algo si tiene usted fijada pensión compensatoria.
Si no hay compensatoria, nada.